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Legislaciones sobre fertilización artificial
Cuando se aplican leyes al deseo de tener un hijo a toda costa llegamos a esclavizar a nuestra descendencia


Por: Tebelio Martin Rodriguez | Fuente: Tebelio Martin Rodriguez



Documentos y sociedad

Es imposible analizar todos las legislaciones y su repercusión en el ser humano y la sociedad, se citaran los principales para su análisis.El juicio ético y la regulación jurídica han sido posterior a los adelantos científicos, las consecuencias han aparecido en las personas y en la sociedad, ambos son víctimas al aplicarse una técnica sin el conocimiento que permita un análisis para tomar una actitud correcta.

Ética y derecho no pueden ayudar en el debate, al menos de forma inmediata, necesitan de tiempo para el estudio profundo de la técnica a aplicar. Algunos científicos piden actuar libremente alegando que las regulaciones impiden extender las fronteras de la Ciencia, a la vez que se sienten tentados por el vértigo a dominar la propia especie, manipulando el patrimonio genético, discriminando a los que suponen tienen defectos.

Los abusos que se pueden cometer en nombre de la Biotecnología, son incalculables, no se puede confiar en las buenas intenciones de los profesionales. Todos los países desarrollados tienen una normativa pública reguladora de las prácticas biomédicas y biotecnológicas, son los hombres de leyes los responsables de analizarlos desde el punto de vista disciplinar, para poder destacar o criticar sus bases éticas. Estos documentos reflejan una filosofía o forma de entender la vida incipiente del embrión, los deseos de procreación de personas infértiles, ambiciones científicas, intereses políticos y financieros y el misterio de la muerte. Todos, en teoría, expresan altruismo humanístico, defensa de los derechos humanos fundamentales, casi todas han sido establecidas en foros políticos, bandera de campañas electorales, no siendo consultadas las autoridades científicas, religiosas o éticas. Casi todos tratan con disquisiciones legales y distinciones científicas caprichosas, para que se pueda disponer del embrión con fines experimentales o abortistas.

La propia información científica es manipulada con determinados fines, como la revista Science (6/XI/98), que publicó un artículo que defiende la experimentación con embriones humanos donadas por sus padres, fruto de la fecundación in Vitro, de los que se extrajeron células troncales que se cultivaron con técnicas especiales, obteniéndose células que se reproducen indefinidamente, pudiendo llegar a diferenciarse en células de otros tejidos u órganos, como el páncreas, corazón, etc. dando la esperanza de curar enfermedades que en la actualidad son incurables. Se trata de preparar a la opinión pública para la justificación de tomar a los embriones como material de experimento para su uso en enfermos. Aparentemente no se copia biológicamente un ser humano, no se destruye una figura humana y se “aprovecha material biológico sobrante”, es la cultura pro- abortista que considera al embrión como no ser.

El progreso técnico a costa de los más débiles e indefensos, porque no pueden levantar su voz para expresar su protesta, y no son escuchados ni siquiera por sus padres, no puede llevar a las sociedades a la felicidad ni el bienestar. Es, en este entorno, que se desarrollan documentos que favorecen la legalidad de las T.R.A., los que no comulgan con estas ideas son acusados de “detener el desarrollo científico técnico”o la “libertad de investigar”, o se les califica como “integristas”. Algunas sociedades expresan en sus documentos falsas razones para legalizar el uso de lo que “sobra” en las clínicas llamadas a resolver la esterilidad.

La reproducción asistida es otro ejemplo de nuestras sociedades para responder con los avances tecnológicos a las situaciones de crisis. La tecnología aumenta el poder sobre la naturaleza pero aumenta la responsabilidad.Los países donde el aborto es legal, está considerada una rutina; con el tiempo han sufrido las aberrantes consecuencias de utilizar los productos de esta práctica como material de investigación y experimentación, creando una cultura para que los sub.-productos de la FIVET tengan los mismos fines o terminen en la industria.

El presente siglo tendrá un gran desarrollo de la Genética y la Biotecnología pudiendo ser un aporte beneficioso de la Ciencia a la sociedad o un dominio del hombre, creando una nueva forma de injusticia y desigualdad con los más indefensos; no hay diferencias con las prácticas nazis de la Segunda Guerra Mundial, cuando el ser humano se le explotaba en tres etapas: incautación de los bienes, la explotación personal y por último su cuerpo era utilizado en la industria.

En 1975 la revista “Pedriatrics”, publicaba un Código de Ética para el uso de fetos y material fetal en la investigación, otorgándose valor absoluto a la investigación científica: la justificación, “desarrollar la Ciencia”, legalizando el uso de la investigación sin límites, ignorando el análisis ético, razonado. Se les quita el derecho a la vida a los frutos de la reproducción en laboratorios, justificando el uso de material fetal en la industria de la cosmetología, el trasplante de tejidos, pudiendo los padres encargar hijos para ser empleados en estas “industrias”. En ocasiones las legislaciones defensoras de la vida solo logran evitar el comercio o utilización abusiva del material fetal y no el homicidio que se produce, ni el sufrimiento del feto.

Generación de Derechos y autonomía

La llamada Segunda Generación de Derechos, es decir los socioeconómicos, conceden a la Autonomía un valor exagerado y por tanto a la autodeterminación del individuo, teniendo poder de decisión sobre terceras personas.

En este marco se desarrollan y aprueban las leyes de reproducción asistida de marcado acento individualista, con intereses y derechos del padre y la madre amparados en el principio de Autonomía con pérdida de valor para el embrión humano frente a los deseos de los padres. Hasta que no aparezcan los derechos de tercera generación que deben tener en cuenta superar el individualismo y dar paso a los derechos de las generaciones futuras, como el ecologismo, el respeto a la Naturaleza con todas sus formas de vida, y a sus recursos.

El Principio de Responsabilidad debe graduar la utilización de las nuevas tecnologías y su rápido desarrollo, para poder estudiar los efectos inmediatos y las consecuencias futuras. Otro principio que se debe aplicar es el de Precaución que es una legislación restrictiva sobre la Biotecnología para que la sociedad pueda tener control sobre ella. Es decir la ley civil tiene que ser coherente con la razón y con la ley natural, para no perder la validez jurídica, y debe permitir la objeción de conciencia.

La transmisión de la vida no es un acto absoluto en sí mismo y no puede ser obtenido en cualquier circunstancia, el derecho debe ordenar, dirigir y dar respuesta a esta realidad social. No puede la aplicación de la técnica ser aceptada por sus buenas intenciones sin tener en cuenta los problemas éticos, psicológicos, sociales y económicos, que plantean estos procedimientos en su conjunto.

Muchos Códigos de Ética y Deontología Medica consideran el respeto por la vida y la dignidad de la persona en el capítulo de la reproducción. Establecen que al ser humano en la fase de embrión enfermo (operaciones intra-útero) se le debe un trato con las mismas directrices éticas del resto. Los documentos al respecto del tema deben ser revisados periódicamente debido al rápido avance de la Biomedicina.

En muchas sociedades se observa el fenómeno de restar sensibilidad en las conciencias y borrar el valor de la vida humana y para ello se utiliza las “diferentes calidades”, los científicos que promueven que todo valor puede ser sacrificado en aras del progreso científico logran disponer de material biológico adecuado y barato para sus aspiraciones. Al admitir en documentos que pueden algunas vidas que no sean tan dignas de ser vividas por razones de raza biológica, pertenencia a pueblos pobres o incultos, por edad, enfermedad o no ser útiles o representar una carga en su mantenimiento, se corre el riesgo de legalizar y aceptar que la condición humana no está en sí misma, ni en el hombre, sino que estaría otorgada por otros, dependiendo de la generosidad o de leyes.

La recomendación 1046 de la Unión Europea (UE), de 1986, sobre la utilización de embriones y fetos humanos, trata de reparar las novedades espectaculares que sucedieron entre 1982 y 1986 en el campo de la reproducción humana, se recomienda la investigación del comercio de embriones y fetos muertos, en ella se declara que desde el momento de la fecundación hay vida, reconoce que el embrión y el feto carecen de protección jurídica adecuada, que ambos deben beneficiarse en todo momento del respeto debido a la dignidad humana, el uso de sus tejidos se justifica sólo con fines terapéuticos, se prohíbe la conservación artificial de fetos y embriones humanos con el fin de convertirlos en material utilizable, ni hacer uso de estos después de muertos de forma arbitraria

Más tarde se produce la recomendación 1100 de 1989, para reafirmar la protección al embrión humano, prohíbe el uso de estos en la investigación y la experimentación, reconoce la condición humana desde la concepción. En ese mismo año se publica la resolución sobre fecundación artificial in Vivo e in Vitro.

Leyes sobre reproducción asistida

Analicemos dos países que han aprobado la ley de Reproducción Asistida recientemente, en España entró en vigor el 23/XI/03, (13 años después de la UE) establece no más de 3 embriones fecundados por tratamiento, el resto del documento esta viciado de contenido, dando espacio a las excepciones, oportunidad en manos de los médicos y los intereses personales de las clínicas. El otro país es Italia entró en vigor el 11/XII/03, más especifica que la anterior, establece igual número de embriones fecundados, no pudiendo ser congelados, limita la técnica a parejas casadas o uniones estables, de sexo diferentes y en edad fértil, rechaza las madres abuelas, no admite la fecundación heteróloga, no se puede hacer diagnóstico sobre el embrión antes de ser implantado y prohíbe la experimentación con embriones. Ambas leyes son similares a las aprobadas en Noruega y Suecia.

El caso de Alemania donde existe una ley de protección de embriones vigente desde 1990, no permite la experimentación, en la actualidad se pretende modificar con el argumento de impulsar la industria biotecnológica alemana, para el desarrollo económico y “hacer lo que otros hacen”.

Las legislaciones británicas deciden que en los primeros 14 días se puede tratar al embrión humano como material de laboratorio, posteriormente hay que destruirlo sino tiene otro destino. En EUA reconocen la capacidad jurídica del embrión y su derecho a ser protegido fuera del útero materno, pero no lo protege una vez instalado en ésta.

Otros documentos importantes son la Declaración Ibero-latinoamericana sobre Derecho, Bioética y Genoma Humano muy similar a la Declaración Universal de la UNESCO y la Asamblea General de la Naciones Unidas, en ellas se protege al ser humano de los efectos indeseables de los desarrollos científico y tecnológico, el respeto a la dignidad, identidad y a la integridad humana, el respeto a la cultura, las tradiciones y los valores de los pueblos, propone una mayor solidaridad entre los pueblos en la participación de los beneficios del desarrollo científico, el manejo, almacenamiento y la disposición de los bancos de muestras biológicas y la necesidad de prohibir la comercialización del cuerpo humano, sus partes y sus productos, este texto tiene valor jurídico y normativo.
Legalizar técnicas que no tienen en cuenta la dignidad de la persona cierra la puerta al derecho humano fundamental: el derecho a la vida, no existe justificación en la sociedad ni por el estado para legalizar lo ilícito, con el tiempo la conducta despenalizada o legalizada se hace frecuente, se generaliza su práctica, se basa en falsas cuestiones humanitarias, se practica con naturalidad, llega a ser lo legal moral y viceversa, se hace una costumbre llegando a ser normal y dañando no tan solo al ser humano, también a la sociedad y al propio estado, las consecuencias, pérdidas de valores espirituales. Los legisladores no tienen derecho a determinar quien es humano o no, para protegerlo jurídicamente; las normas jurídicas que atentan contra la vida son injustas, aunque se aprueben. El derecho a la vida no esta basado en situaciones diferentes del hecho de ser humano y estar vivo. Nunca será positiva la legalización de las T.R.A., no ayudan a su desaparición, aumentan su frecuencia; deteriorando el derecho de la familia a ser la cuna biológica donde se aprende y se cultivan los valores del hombre.

La mayoría de las legislaciones reconocen que el embrión merece profundo respeto, pero la realidad es una mala praxis médica, creando la pendiente resbaladiza de producir y usar embriones para obtención de lucro e intereses personal.Lo más peligroso es que los que sufren no son los que obtienen las ganancias de este gran negocio.

La ley penal no solo tiene la finalidad de perseguir el delito, debe ayudar a crear la conciencia social de los valores básicos de la convivencia y disuadir a los ciudadanos de violarlos.

Muchos Códigos y leyes justifican separar lo que es justo por Naturaleza y lo legal; la despenalización de hechos éticamente inaceptados o su legalización no exime la responsabilidad en la aplicación de estas técnicas. Los que defienden lo ilícito éticamente permiten que lo justo solo se reduzca a lo legal. Las sociedades que no legislan con una base ética, dándole valor real a la vida humana de sus ciudadanos, llega a clasificarlas como “indignas” o “indeseables”, (hijos no deseados, no planificados), considera al hijo un intruso, que perturba la paz familiar. Cuando se aplican leyes al deseo de tener un hijo a toda costa llegamos a esclavizar a nuestra descendencia, no se considera persona, es fruto de la técnica en el laboratorio, aplicada por personal contratado. El control del ser humano por la técnica, con controles de calidad, llega a eliminar lo “no útil”, no sano, o que estorba a otros, se desvalora la única vida que tiene cada ser humano, su dignidad no esta condicionada a nada, no tiene sentido relacionar el comienzo de la vida con etapa o fase alguna. Decidir por terceras personas afecta a terceros y a la sociedad.

Preguntas o comentarios al autor

Si deseas consultar el documento completo:

Las técnicas de reproducción artificial
 







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