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La vocación laical
Por los laicos se entiende aquí a todos los cristianos, excepto los miembros del orden sagrado y del estado religioso reconocido en la Iglesia


Por: Selección de textos | Fuente: www.iglesiapotosina.org



1)S.D.No.94

El Pueblo de Dios está constituido en su mayoría por fieles cristianos laicos. Ellos son llamados por Cristo como Iglesia, agentes y destinatarios de la Buena Noticia de la Salvación, a ejercer en el mundo, viña de Dios, una tarea evangelizadora indispensable.

A ellos se dirigen hoy las palabras del Señor: "Id también vosotros a mi viña" (Mt. 20,3-4) y estas otras: "Id por todo el mundo y proclamad la Buena Noticia a toda la creación" (Mc 16,15; cf.ChL 33)

Como consecuencia del bautismo los fíeles son injertados en Cristo y son llamados a vivir el triple oficio: sacerdotal, profético y real. Esta vocación debe ser fomentada constantemente por los pastores en las Iglesias particulares.


2)S.D.No.96

Sin embargo se comprueba que la mayor parte de los bautizados no han tomado aún conciencia plena de su pertenencia a la Iglesia. Se sienten católicos, pero no Iglesia. Pocos asumen los valores cristianos como un elemento de su identidad cultural y por lo tanto no sienten la necesidad de un compromiso eclesial y evangelizador. Como consecuencia, el mundo del trabajo, de la política, de la economía, de la ciencia, del arte, de la literatura y de los medios de comunicación social no son guiados por criterios evangélicos. Asi se explica la incoherencia que se da entre la fe que
dicen profesar y el compromiso real en la vida.

Se comprueba también que los laicos no son siempre adecuadamente acompañados por los Pastores en el descubrimiento y maduración de su propia vocación.

La persistencia de cierta mentalidad clerical en numerosos agentes de pastoral, clérigos e incluso laicos, la dedicación de muchos laicos de manera preferente a tareas intra-eclesiales y una deficiente formación les priva de dar respuestas eficaces a los desafíos actuales de la sociedad.


3) Cf. Ch. L. No.23

La misión salvífíca de la Iglesia en el mundo es llevada a cabo no sólo por los ministros en virtud del sacramento del Orden, sino también por todos los fíeles laicos. En efecto, éstos, en virtud de su condición bautismal y de su específica vocación, participan en el
oficio sacerdotal, profetice y real de Jesucristo, cada uno en su propia medida.

Los pastores, por tanto, han de reconocer y promover los ministerios, oficios y funciones de los fíeles laicos, que tienen su fundamento sacramental en el Bautismo y en la Confirmación, y para muchos de ellos, además en el Matrimonio.

Después, cuando la necesidad o la utilidad de la Iglesia lo exija, los pastores -según las normas establecidas por el derecho universal- pueden confiar a los fieles laicos algunas tareas que, si bien están conectadas a su propio ministerio de pastores, no exigen, sin embargo, el carácter del Orden. El Código de Derecho Canónico escribe " Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir, ejercitar el ministerio de la palabra, presidir oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y dar la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho "- Sin embargo, el ejercicio de estas tareas no hace del fiel laico un pastor. En realidad, no es la tarea lo que constituye el ministerio, sino la ordenación sacramental. Sólo el sacramento del Orden atribuye al ministerio ordenado una peculiar participación en el oficio de Cristo Cabeza y Pastor y en su sacerdocio eterno. La tarea realizada en calidad de suplente tiene su legitimación -formal e independiente- en el encargo oficial hecho por los pastores, y depende, en su concreto ejercicio, de la dirección de la autoridad eclesiástica.

La reciente Asamblea sinodal ha trazado un amplio y significativo panorama de la situación eclesial acerca de los ministerios, los oficios y las funciones de los bautizados. Los Padres han apreciado vivamente la aportación apostólica de los fieles laicos, hombres y mujeres, en favor de la cvangeiización, de la santificación y de la animación cristiana de las realidades temporales, como también su generosa disponibilidad a la suplencia en situaciones de emergencia y de necesidad crónica.

Como consecuencia de la renovación litúrgica promovida por el Concilio, los mismos fíeles laicos han tomado una más viva conciencia de las tareas que les corresponden en la asamblea litúrgica y su preparación, y se han manifestado ampliamente dispuestos a desempeñarlas. En efecto, la celebración litúrgica es una acción sacra no sólo del clero, sino de toda la asamblea. Por tanto, es natural que las tarcas no propias de los ministros ordenados sean desempeñadas por los fieles laicos. Después, ha sido espontáneo el paso de una efectiva implicación de los fíeles laicos en la acción litúrgica a aquélla en el anuncio de la Palabra de Dios y en la cura pastoral.

En la misma Asamblea sinodal no han faltado, sin embargo, junto a los positivos, otros juicios críticos sobre el uso indiscriminado del término " ministerio ", la confusión y tal vez la igualación entre el sacerdocio común y el sacerdocio ministerial, la escasa obser
vancia de ciertas leyes y normas eclesiásticas,, la interpretación arbitraria del concepto de " suplencia ", la tendencia a la "clericalización" de los fieles laicos y el riesgo de crear de hecho una estructura eclesial de servicio paralela a la fundada en el sacramento del Orden.

Precisamente para superar estos peligros, los Padres sinodales han insistido en la necesidad de que se expresen con claridad sirviéndose también de una terminología más precisa, tanto la unidad de misión de la Iglesia, en la que participan todos los bautizados, como la sustancial diversidad del ministerio de los pastores, que tiene su raíz en el sacramento del Orden, respecto de los otros ministerios, oficios y funciones cclesiales, que tienen su raíz en los sacramentos del Bautismo y de la Confirmación.

Es necesario pues, en primer lugar, que los pastores, al reconocer y conferir a los fieles laicos los varios ministerios, oficios y funciones, pongan el máximo cuidado en instruirles acerca de la raíz bautismal de estas tareas. Es necesario también que los pastores estén vigilantes para que se evite un fácil y abusivo recurso a presuntas " situaciones de emergencia"o de " necesaria suplencia ", allí donde no se dan objetivamente o donde es posible remediarlo con una programación pastoral más racional.

Los diversos ministerios, oficios y funciones que los fieles laicos pueden desempeñar legítimamente en la liturgia, en la transmicíón de la fe y en las estructuras pastorales de la Iglesia, deberán ser ejercitados en conformidad con su específica vocación laical, distinta de aquel la de los sagrados ministros- En este sentido, la exhortación Evangeli Nuntiandi; que tanta y tan beneficiosa parte ha tenido en el estimular la diversificada colaboración de los fieles laicos en la vida y en la misión evangehzadora de la Iglesia, recuerda que " el campo propio de su actividad evangelizadora es el dilatado y complejo mundo de la política, de la realidad social, de la economía; así como también de la cultura, de las ciencias y de las artes, de la vida internacional, de los órganos de comunicación social; y también de otras realidades particularmente abiertas a la evangelización, como el amor, la familia, la educación de los niños y de los adolescentes, el trabajo profesional, el sufrimiento. Cuantos más laicos haya compenetrados con el espíritu evangélico, responsables de estas realidades y explícitamente comprometidos en ellas, competentes en su promoción y conscientes de tener que desarrollar toda su capacidad cristiana, a menudo ocultada y sofocada, tanto más se encontrarán estas realidades al servicio del Reino de Dios -y por tanto de la salvación en Jesucristo-, sin perder ni sacrificar nada de su coeficiente humano, sino manifestando una dimensión trascendente a menudo desconocida ".

Durante los trabajos del Sínodo, los Padres han prestado no poca atención al Lectorado y al Acolitado. Mientras en el pasado existían en la Iglesia Latina sólo como etapas espirituales del itinerario hacia los ministerios ordenados, con el Motu propio de Pablo VI Muüsteria quaedam (15 Agosto 1972) han recibido una autonomía y estabilidad propias, como también una posible destinación a los mismos fíeles laicos, si bien sólo a los varones. En el mismo sentido se ha expresado el nuevo Código de Derecho Canónico. Los Padres sinodales han manifestado ahora el deseo de que " el Motu propio "Ministeria quaedam" sea revisado, teniendo en cuenta el uso de las Iglesias locales e indicando, sobre todo, los criterios según los cuales han de ser elegidos los destinatarios de cada ministerio ".

A tal fin ha sido constituida expresamente una Comisión, no sólo para responder a este deseo manifestado por los Padres sinodales, sino también, y sobre todo, para estudiar en profundidad los diversos problemas teológicos, litúrgicos, jurídicos y pastorales surgidos a partir del gran florecimiento actual de los ministerios confiados a los fieles laicos.

Para que la praxis eclesial de estos ministerios confiados a los fieles laicos resulte ordenada y fructuosa, en tanto la Comisión concluye su estudio, deberán ser fielmente respetados por todas las Iglesias particulares los principios teológicos arriba mencionados, en particular la diferencia esencial entre el sacerdocio ministerial y el sacerdocio común y, por consiguiente, la diferencia entre los ministerios derivados del Orden y los ministerios que derivan de los sacramentos del Bautismo y de la Confirmación.


4)Cat.I.C.897

Por los laicos se entiende aquí a todos los cristianos, excepto los miembros del orden sagrado y del estado religioso reconocido en la Iglesia, Son, pues- los cristianos que están incorporados a Cristo por el bautismo, que forman el pueblo de Dios y que participan de las funciones de Cristo-, Sacerdote, Profeta y Rey. Ellos realizan, según su condición, la misión de todo el pueblo cristiano en la Iglesia y en el mundo.


5)Cat.I.C.900

Como todos los fieles, los laicos están encargados por Dios del apostolado en virtud del bautismo y de la confirmación y por eso tienen la obligación y gozan del derecho, individualmente o agrupados en asociaciones, do trabajar para que el mensaje divino
de salvación sea conocido y recibido por todos los hombres y en toda la tierra, ésta obligación es tanto más apremiante cuando sólo por medio de ellos los demás hombres pueden oír el evangelio y conocer a Cristo. En las comunidades eclesiales, su acción es tan necesaria, que sin ella, el apostolado ded los pastores no puede obtener en la mayoría de las veces su plena eficacia.

 

 

 

 



 

 

 







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