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Autor: archimadrid.es La economía de la Iglesia es cosa de todos
Con estos recursos económicos, la diócesis atiende a sus necesidades básicas, pues éste es el compromiso de la Iglesia con el Estado
La economía de la Iglesia es cosa de todos
El dinero que administran las diócesis en España procede,
en su mayor parte, de las aportaciones voluntarias de los
católicos. Se destina a sus necesidades básicas: culto, clero y
obras de apostolado y caridad. La Iglesia en España administra
sus recursos económicos a través de las 67 diócesis. Cada
una de ellas es autónoma para obtenerlos y para decidir
el destino de los mismos.
La fuente de ingresos más importante
de las diócesis son las limosnas, siempre de carácter voluntario.
También reciben una cantidad en concepto de Asignación Tributaria, el
0,5 de los impuestos que pagamos en el IRPF los
españoles que decidimos que se destine a la Iglesia, cuando
ponemos la X en la casilla correspondiente. La cantidad que
el Estado entrega a la Conferencia Episcopal por este concepto
se distribuye entre todas las diócesis en función de las
necesidades y recursos de cada una de ellas, con la
obligación de destinarla al culto, sostenimiento de los sacerdotes y
actividades apostólicas y de caridad.
Las diócesis administran:
- Las aportaciones
voluntarias de los fieles. Estas aportaciones las realizan los católicos
y quienes valoran el servicio que la Iglesia presta a
la sociedad a través de las limosnas hechas en las
colectas que se realizan en los templos, y las donaciones
en sus distintas formas: suscripciones periódicas, legados etc...
- La cantidad
que recibe la diócesis a través del Estado por la
Asignación Tributaria (0,5% de la Declaración de la Renta). La
colaboración económica del Estado para el sostenimiento básico de la
Iglesia quedó establecida por los Acuerdos económicos entre la Santa
Sede y el Estado español en 1979, ya, por tanto,
en la España democrática. Los que hacemos declaración de la
renta podemos destinar un 0,5% de nuestros impuestos al sostenimiento
de la Iglesia marcando una X en la casilla correspondiente.
Los
Acuerdos económicos entre la Santa Sede y el Estado español
establecen que la aportación del Estado a través de la
Asignación Tributaria es para el culto divino, la retribución del
clero y las obras de apostolado y caridad.
Con estos recursos
económicos, la diócesis atiende a sus necesidades básicas, pues éste
es el compromiso de la Iglesia con el Estado. Éstas
son:
—El culto divino
Para la celebración del culto litúrgico son necesarios
los templos; hay que mantener los existentes y construir otros
en las nuevas barriadas. Las celebraciones litúrgicas producen, también, otros
gastos propios de la actividad.
—La retribución de los sacerdotes que
trabajan en la acción pastoral
Para que los sacerdotes puedan dedicarse
enteramente a la acción pastoral necesitan recibir una retribución económica
que les permita vivir.
—Las obras de apostolado y caridad que
la Iglesia realiza y que son estimadas como un bien
para toda la sociedad.
La atención espiritual y social que la
Iglesia realiza, y que redunda tanto a favor de los
católicos que participan en ella como en toda la sociedad
española, necesita recursos económicos para la ejecución material de los
proyectos de pastoral —catequesis, formación de los agentes de pastoral,
etc.— y para la acción caritativa y social. Además de
las 23.000 parroquias, existen unos 40.000 centros de la Iglesia
distribuidos por toda la geografía española para prestar a todas
las comunidades estos servicios.
La cantidad resultante de los dos anteriores
conceptos de ingresos es administrada directamente por personas y órganos
eclesiales: obispo, sacerdotes y seglares a través de los Consejos
de Economía de las diócesis y de las parroquias.
- Las
Fundaciones constituidas por los fieles para el complimiento de los
fines que ellos mismos establecen. Muchos católicos han constituido un
fondo económico —Fundación— que entregan a la Iglesia para que
ésta destine, en vida del donante o después de la
muerte, los rendimientos que se obtengan a los fines que
ellos mismos establecen: becas de estudio, actos de culto, actividades
caritativas y sociales, etc.
Las distintas instancias eclesiales: diócesis, parroquias, seminarios,
misiones, etc. donde están constituidas las Fundaciones, son meras administradoras
de las mismas. Tienen el deber de rentabilizar los fondos
depositados para el cumplimiento de los fines establecidos por los
donantes.
La Iglesia custodia el capital y administra las rentas de
las Fundaciones constituidas por los fieles. Sólo puede disponer de
las rentas que producen y para el cumplimiento concreto de
los fines establecidos por el donante.
Administración de los bienes
-
La dotación del Estado para la enseñanza religiosa escolar y
otras áreas reguladas por distintas leyes. La mayoría de los
españoles se declaran católicos: el 92% según las últimas encuestas.
Para ejercer su libertad y decidir qué tipo de educación
desean para sus hijos, la Iglesia y el Estado han
establecido Acuerdos por los cuales los españoles eligen el modelo
de enseñanza que consideran más conveniente.
También se ha regulado por
distintos Acuerdos:
—La colaboración de las distintas Administraciones públicas para mantener
el patrimonio histórico-artístico del que la Iglesia es titular y
que está al servicio de toda la sociedad.
—La atención religiosa
a los enfermos hospitalizados.
—La atención a otros sectores de la
población que así lo demandan.
Las Administraciones públicas pagan directamente estos
servicios. Este dinero no puede ser considerado como aportado por
el Estado a la Iglesia, sino como destinado a mantener
servicios que los ciudadanos demandan, derivados del libre ejercicio de
sus derechos fundamentales.
- Los bienes de las Órdenes, congregaciones religiosas
e institutos de vida consagrada. Según la legislación de la
Iglesia y el reconocimiento del Estado, las comunidades de religiosos
y religiosas con sede en cualquiera de las diócesis de
España son autónomas (exentas es el término jurídico) y, por
tanto, sus bienes están fuera de la administración dependiente del
obispo. Dichos bienes son administrados por sus distintos órganos de
gobierno para realizar sus actividades, de acuerdo con el carisma
fundacional de cada una de ellas.
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Iglesia, utiliza este enlace para pedir asesoría de las
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Imagen: www.f-capital.com
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