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La economía de la Iglesia es cosa de todos

La economía de la Iglesia es cosa de todos
Con estos recursos económicos, la diócesis atiende a sus necesidades básicas, pues éste es el compromiso de la Iglesia con el Estado


Por: archimadrid.es | Fuente: archimadrid.es



El dinero que administran las diócesis en España procede, en su mayor parte, de las aportaciones voluntarias de los católicos. Se destina a sus necesidades básicas: culto, clero y obras de apostolado y caridad. La Iglesia en España administra sus recursos económicos a través de las 67 diócesis. Cada una de ellas es autónoma para obtenerlos y para decidir el destino de los mismos.

La fuente de ingresos más importante de las diócesis son las limosnas, siempre de carácter voluntario. También reciben una cantidad en concepto de Asignación Tributaria, el 0,5 de los impuestos que pagamos en el IRPF los españoles que decidimos que se destine a la Iglesia, cuando ponemos la X en la casilla correspondiente. La cantidad que el Estado entrega a la Conferencia Episcopal por este concepto se distribuye entre todas las diócesis en función de las necesidades y recursos de cada una de ellas, con la obligación de destinarla al culto, sostenimiento de los sacerdotes y actividades apostólicas y de caridad.


Las diócesis administran:

- Las aportaciones voluntarias de los fieles. Estas aportaciones las realizan los católicos y quienes valoran el servicio que la Iglesia presta a la sociedad a través de las limosnas hechas en las colectas que se realizan en los templos, y las donaciones en sus distintas formas: suscripciones periódicas, legados etc...


- La cantidad que recibe la diócesis a través del Estado por la Asignación Tributaria (0,5% de la Declaración de la Renta). La colaboración económica del Estado para el sostenimiento básico de la Iglesia quedó establecida por los Acuerdos económicos entre la Santa Sede y el Estado español en 1979, ya, por tanto, en la España democrática. Los que hacemos declaración de la renta podemos destinar un 0,5% de nuestros impuestos al sostenimiento de la Iglesia marcando una X en la casilla correspondiente.

Los Acuerdos económicos entre la Santa Sede y el Estado español establecen que la aportación del Estado a través de la Asignación Tributaria es para el culto divino, la retribución del clero y las obras de apostolado y caridad.


Con estos recursos económicos, la diócesis atiende a sus necesidades básicas, pues éste es el compromiso de la Iglesia con el Estado. Éstas son:


—El culto divino

Para la celebración del culto litúrgico son necesarios los templos; hay que mantener los existentes y construir otros en las nuevas barriadas. Las celebraciones litúrgicas producen, también, otros gastos propios de la actividad.


—La retribución de los sacerdotes que trabajan en la acción pastoral

Para que los sacerdotes puedan dedicarse enteramente a la acción pastoral necesitan recibir una retribución económica que les permita vivir.


—Las obras de apostolado y caridad que la Iglesia realiza y que son estimadas como un bien para toda la sociedad.

La atención espiritual y social que la Iglesia realiza, y que redunda tanto a favor de los católicos que participan en ella como en toda la sociedad española, necesita recursos económicos para la ejecución material de los proyectos de pastoral —catequesis, formación de los agentes de pastoral, etc.— y para la acción caritativa y social. Además de las 23.000 parroquias, existen unos 40.000 centros de la Iglesia distribuidos por toda la geografía española para prestar a todas las comunidades estos servicios.

La cantidad resultante de los dos anteriores conceptos de ingresos es administrada directamente por personas y órganos eclesiales: obispo, sacerdotes y seglares a través de los Consejos de Economía de las diócesis y de las parroquias.


- Las Fundaciones constituidas por los fieles para el complimiento de los fines que ellos mismos establecen. Muchos católicos han constituido un fondo económico —Fundación— que entregan a la Iglesia para que ésta destine, en vida del donante o después de la muerte, los rendimientos que se obtengan a los fines que ellos mismos establecen: becas de estudio, actos de culto, actividades caritativas y sociales, etc.

Las distintas instancias eclesiales: diócesis, parroquias, seminarios, misiones, etc. donde están constituidas las Fundaciones, son meras administradoras de las mismas. Tienen el deber de rentabilizar los fondos depositados para el cumplimiento de los fines establecidos por los donantes.

La Iglesia custodia el capital y administra las rentas de las Fundaciones constituidas por los fieles. Sólo puede disponer de las rentas que producen y para el cumplimiento concreto de los fines establecidos por el donante.


Administración de los bienes

- La dotación del Estado para la enseñanza religiosa escolar y otras áreas reguladas por distintas leyes. La mayoría de los españoles se declaran católicos: el 92% según las últimas encuestas. Para ejercer su libertad y decidir qué tipo de educación desean para sus hijos, la Iglesia y el Estado han establecido Acuerdos por los cuales los españoles eligen el modelo de enseñanza que consideran más conveniente.

También se ha regulado por distintos Acuerdos:

—La colaboración de las distintas Administraciones públicas para mantener el patrimonio histórico-artístico del que la Iglesia es titular y que está al servicio de toda la sociedad.

—La atención religiosa a los enfermos hospitalizados.

—La atención a otros sectores de la población que así lo demandan.

Las Administraciones públicas pagan directamente estos servicios. Este dinero no puede ser considerado como aportado por el Estado a la Iglesia, sino como destinado a mantener servicios que los ciudadanos demandan, derivados del libre ejercicio de sus derechos fundamentales.

- Los bienes de las Órdenes, congregaciones religiosas e institutos de vida consagrada. Según la legislación de la Iglesia y el reconocimiento del Estado, las comunidades de religiosos y religiosas con sede en cualquiera de las diócesis de España son autónomas (exentas es el término jurídico) y, por tanto, sus bienes están fuera de la administración dependiente del obispo. Dichos bienes son administrados por sus distintos órganos de gobierno para realizar sus actividades, de acuerdo con el carisma fundacional de cada una de ellas.



Imagen: www.f-capital.com







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