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¿Es pecado usar drogas?
Es conveniente distinguir los problemas morales de las diversas clases de drogas


Por: P. Miguel Ángel Fuentes, V.E. | Fuente: Catholic.net



Actualmente la palabra droga suele reservarse a las sustancias que producen en el hombre un estado físico o psíquico que subjetivamente resulta placentero y que lleva progresivamente a la habituación y a la subsiguiente necesidad de suministración en dosis cada vez más altas: en este sentido se habla de un adicto a las drogas, cuando se utiliza la palabra droga como sinónimo de narcótico o estupefaciente. Por extensión se aplica también el nombre de droga a todos los medicamentos que ejercitan unos efectos sobre las facultades sensitivas e intelectuales de hombre.

1. Uso terapéutico

Aliviar el dolor y mitigar o curar las consecuencias de trastornos físicos o psicológicos es en principio una obra de caridad del médico, y puede llegar a ser un deber si esas alteraciones dificultan o impiden ejercicio de otros deberes de orden superior. De ahí que, en sí mismo, sea lícito el uso de drogas, cuando se busca un fin terapéutico, incluso si llegara a producir la pérdida temporal de la conciencia[1]. Tal es el caso, p. ej., de los medicamentos analgésicos, los anestésicos, los usados para la cura del sueño, las drogas psicotropas, etc.

El principio moral que justifica este uso, y señala sus límites, es el mismo que se aplica a toda intervención terapéutica, y ordinariamente puede encuadrarse dentro de las reglas de la acción con doble efecto. Cabe el peligro, sin embargo, de que estas drogas sean utilizadas para fines terapéuticos que impliquen reservas morales o de que su uso (si se trata concretamente de estupefacientes) cree un hábito y lleve a la toxicomanía.

De ahí la conveniencia de distinguir los problemas morales de las diversas clases de drogas:

1) Drogas meramente analgésicas. Entendemos bajo este nombre aquellas drogas que no tienen más efecto que la supresión del dolor, sin interferir con el uso de la conciencia psicológica y sin producir efectos psíquicos concomitantes.

No suelen presentar dificultades morales, porque sus características farmacológicas no las hacen susceptibles de abusos, y únicamente cabría plantear la cuestión de la dosis que, si es excesiva, puede buscarse con fines suicidas.

2) Drogas que, teniendo o no un efecto analgésico, poseen al mismo tiempo efectos euforizantes: opio y sus derivados naturales y sintéticos, coca y cocaína, etc.; alucinatorios: mescalina, LSD, marijuana y derivados de la Cannabis Indica, etc.; embriagantes: alcohol, éter, cloroformo, protóxido de nitrógeno, etc.; hipnóticos: barbitúricos, etc.

Todas las anteriormente mencionadas, son drogas que pueden presentar serias implicaciones morales, porque es fácil que del uso terapéutico se pase al abuso, sobre todo por lo que se refiere a los llamados de un modo más concreto estupefacientes, como sucede con la mayoría de las drogas euforizantes y alucinatorias.

De aquí la responsabilidad del médico, que debe recurrir a estas drogas (especialmente en lo que respecta a la morfina, que es la dotada de mayor poder analgésico) solamente en casos de urgencia (cólicos agudos, por ejemplo), y si han fallado los demás analgésicos.

Es prudente incluso que sea administrada sin que el enfermo sepa de qué medicamento se trata, y únicamente en enfermedades incurables y muy dolorosas se podrá suministrar con más amplitud. Siempre se ha de llevar un control estricto de las recetas, para cortar de raíz cualquier intento de tráfico ilícito con fines no terapéuticos.

Respecto al uso de estas drogas en enfermos desahuciados, tampoco hay nada que objetar al propósito de ayudar a morir sin dolor, con tal que no se busque directamente acortar la vida y aunque el uso de estos analgésicos pueda eventualmente acelerar la muerte, por los efectos tóxicos concomitantes a su administración. Son precisas, sin embargo, dos condiciones:

 

1º que no se pretenda suprimir por principio el dolor, y a toda costa, sino simplemente atenuarlo o quitarlo de un modo razonable;

2º que los sedantes no imposibiliten para prepararse a la muerte con lucidez de espíritu, y para cumplir los deberes con Dios, con la familia y con la sociedad.

 

2. Uso de drogas con fines no terapéuticos

Pueden distinguirse varios usos:

1) Usos forenses

Entran en este apartado las drogas (principalmente los barbitúricos), que produciendo un estado crepuscular, llevan a la desinhibición del yo y a la abolición de la censura moral. Vulgarmente, aunque con una gran imprecisión técnica, se les llama por el nombre genérico de suero de la verdad.

Desde un punto de vista moral, estos procedimientos han de ser rechazados de la práctica forense: violan los derechos naturales y adquiridos del reo (derecho a la libertad de la confesión, derecho a no autoacusarse, derecho a la reputación, aunque fuera sólo aparente o falsa, etc.), llevan fácilmente a una dejación de deberes por parte de los peritos y de los magistrados, son un medio inadecuado para obtener una confesión objetiva y que responda a la verdad, porque algunas personas pueden disimular la realidad aun bajo los efectos de esas drogas, y otras veces se puede llegar a manifestar como hechos consumados cosas que en realidad son deseos reprimidos o sueños fantásticos.

Algunos moralistas admiten ese uso forense de la droga si se cuenta con el consentimiento del sujeto[2]; para otros no sería lícito ni siquiera en esas condiciones[3].

2) Uso voluptuario

Con fines estimulantes, para aumentar la capacidad de trabajo, el rendimiento físico, etc. El problema en este caso es delicado, por las diversas circunstancias que pueden influir en la moralidad. Así, por ej., ordinariamente se admite por todos el uso de drogas ligeras, que no ofrecen peligro de instaurar una verdadera toxicomanía, y que han entrado en las costumbres de casi todos los pueblos: tal es el caso del café, el té, el tabaco, el alcohol en moderada cantidad. etc.

Únicamente el abuso de estos productos presenta inconvenientes morales. El uso estimulante de drogas más activas ofrece, sin embargo, serias reservas, porque supone o puede suponer pecados graves de templanza, prudencia y justicia.

En algunos casos, como sucede con el uso de drogas en actividades deportivas, entra también en juego la lealtad, no solamente en relación a los competidores que se abstengan de drogas, sino porque contraviene a los reglamentos deportivos que actualmente incluyen de ordinario una prohibición expresa de usar drogas.

Por lo que se refiere al uso de drogas por curiosidad, espíritu de aventura, afán de originalidad, etc., aunque sea de modo completamente esporádico, ha de tenerse en cuenta la posibilidad de contraer una toxicomanía, y por consiguiente el grave y no proporcionado peligro al que se expone quien hiciera uso de drogas con esos fines superficiales, o para salir de una depresión, brillar en sociedad, etc.

Ordinariamente hay también riesgo de incurrir en pecados de lujuria, no sólo por el efecto afrodisíaco de algunas drogas, sino por la obnubilación de conciencia que producen.

3. Abuso y toxicomanías

Generalmente se da el nombre de toxicomanía al estado de intoxicación periódica o crónica, nociva al individuo y a la sociedad, que ha sido engendrado por el consumo repetido de una droga natural o sintética.

Si se tiene presente que sus características son un deseo invencible de continuar el consumo de la droga y de procurársela con cualquier medio; una tendencia a aumentar la dosis, y una esclavitud de orden psicológico y a veces físico en relación a los efectos de la droga, se comprenderán las gravísimas repercusiones morales de estas situaciones: aparte del serio daño que suponen para la salud física, puede achacarse a la toxicomanía cualquier tipo de pecado, pues el toxicómano no duda en cometerlo si le puede facilitar la obtención de la droga. Añádanse los perjuicios morales que causa a la familia y a la sociedad, y tendrá un cuadro aproximado de la importancia de estos estados.

Por otra parte sus características hacen muy difícil la ayuda espiritual, si no se instaura paralela y fielmente una cura médica y psicológica de desintoxicación. Con estas reservas, la asistencia espiritual a los toxicómanos ha de tender a subrayar la obediencia al médico y, especialmente, a descubrir y a poner márgenes de carácter espiritual y ascético a la situación de insatisfacción, a la tentación de evadir la realidad, que suele encontrarse en el origen de muchas toxicomanías.

Por esta razón, es importante cuidar el aspecto preventivo, sea mediante el consejo espiritual que recuerde a médicos, farmacéuticos, etcétera, sus deberes deontológicos respecto a la administración, control y venta de estupefacientes, sea en general por lo que se refiere a los posibles candidatos a la toxicomanía: en general es difícil que una persona centrada en la vida, equilibrada y con sanas costumbres caiga de repente en este vicio.

Suele tratarse, en cambio, de hombres y mujeres descentrados, de vida irregular y superficial, o de enfermos que han sido sometidos a un tratamiento continuado con drogas estupefacientes. Particular interés tiene hoy día el consumo de algunas drogas (LSD, marijuana, etc.) por parte de ciertos grupos y movimientos juveniles. Ante todos esos casos, el director espiritual deberá estar en guardia (dígase lo mismo de padres y educadores), para alejar el riesgo de la toxicomanía, antes de que se instaure.


Envíe sus comentarios al P. Miguel Ángel Fuentes, V.E.
 



 

[1] Cf. el discurso de Pío XII, del 24 feb. 1957, al Symposium Internacional de Anestesiología: AAS 49,1957,129-147.

[2] Cf. M. Thiefry, La Narcoanalyse et la Morale, “Études”, feb. 1950, 198.

[3] Cf. R. Omez, Les conditions morales de la narcose, “Feux Nouveau”. 8 mar. 1949, 53: I. Rolin, Drogues de police, París 1950; V. M. Palmieri, La narcoanalisi, dal punto di vista Medico-Giuridico et etico-sociale, “Minerva Médica” 38, 1950.

 

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

 







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