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Autor: Fernando Pascual | Fuente: Catholic.net La Iglesia vuelve a hablar de bioética
Criterios éticos que iluminan y orientan el modo correcto de promover una medicina y una investigación respetuosas de la dignidad de la persona humana
La Congregación para la Doctrina de la Fe publicó, el
12 de diciembre de 2008, la instrucción Dignitas
personae . Sobre algunas cuestiones de bioética”. Este documento se
coloca en una larga tradición de textos y alocuciones de
la Iglesia sobre bioética sobre criterios éticos que iluminan y
orientan el modo correcto de promover una medicina y una
investigación respetuosas de la dignidad de la persona humana.
Podemos recordar,
por ejemplo, cómo ya Pío XII había pronunciado importantes discursos
sobre temas sanitarios (tratamiento del dolor, intervenciones médicas, aborto, etcétera).
Pablo VI, por su parte, publicó una encíclica, la Humanae vitae (1968) para denunciar los males de la
anticoncepción. Algunos años después, en 1974, la Congregación para la
Doctrina de la Fe emanó un documento, “De abortu procurato”,
sobre el aborto. Con Juan Pablo II vieron la luz
tres importantes documentos que tocan temas bioéticos: uno sobre la
eutanasia (“Iura et bona”, 1980), otro sobre el respeto a
la vida humana en sus fases iniciales y sobre fecundación
artificial (Donum vitae , 1987), y la encíclica
Evangelium vitae (1995).
“Dignitas personae” lleva la fecha
oficial del 8 de diciembre de 2008. Este documento es,
en parte, un complemento necesario de la instrucción “Donum vitae”,
después de más de 20 años de nuevos descubrimientos y
aplicaciones en el mundo de la biotecnología y de la
procreación artificial. Cuenta, además, con la aprobación explícita del Papa
Benedicto XVI.
Es oportuno recordar que la “Donum vitae”, publicada 9
años después del nacimiento de Louise Brown (la primera niña
concebida con fecundación in vitro, nacida el 25 de julio
de 1978), había presentado los criterios necesarios para dar un
juicio ético sobre la inseminación artificial, la fecundación in vitro
(FIVET), la maternidad subrogada (o alquiler de útero), la experimentación
con embriones, el diagnóstico prenatal. El pasar de los años
ha permitido el desarrollo de nuevas técnicas, y es por
eso que la Iglesia se sintió llamada a ofrecer un
juicio sobre las mismas.
Intentemos ahora realizar una primera síntesis del
nuevo documento, “Dignitas personae”. La introducción explica el sentido del
mismo y su necesidad, así como realiza una visión positiva
de la ciencia, llamada a ofrecer un importante servicio “al
bien integral de la vida y dignidad de cada ser
humano” (n. 3). El documento queda luego dividido en tres
partes y una conclusión.
La primera parte afronta los “aspectos antropológicos,
teológicos y éticos de la vida y la procreación humana”.
Para ello, recuerda dos principios fundamentales, en continuidad con lo
ya afirmado en la “Donum vitae”:
Primero: “El embrión humano (...)
tiene desde el principio la dignidad propia de la persona”
(n. 5).
Segundo: “El origen de la vida humana (...) tiene
su auténtico contexto en el matrimonio y la familia, donde
es generada por medio de un acto que expresa el
amor recíproco entre el hombre y la mujer. Una procreación
verdaderamente responsable para con quien ha de nacer «es fruto
del matrimonio»” (n. 6).
La segunda parte, “Nuevos problemas relativos
a la procreación”, repropone y actualiza los juicios formulados en
la “Donum vitae” sobre las diversas técnicas de procreación (reproducción)
artificial, así como situaciones que se han ido creando como
consecuencia del uso de tales técnicas.
En muchas técnicas de reproducción
artificial se trabaja con embriones en un contexto que implica
una grave falta de respeto hacia los mismos, hasta el
punto de tratarlos como un “producto” disponible. Ello explica el
elevado número de pérdidas (muertes) de embriones humanos debido a
las técnicas usadas (FIVET e ICSI, sobre todo).
Ante esta situación,
el documento afirma: “La Iglesia reconoce la legitimidad del deseo
de un hijo, y comprende los sufrimientos de los cónyuges
afligidos por el problema de la infertilidad. Sin embargo, ese
deseo no puede ser antepuesto a la dignidad que posee
cada vida humana hasta el punto de someterla a un
dominio absoluto. El deseo de un hijo no puede justificar
la ´producción´ del mismo, así como el deseo de no
tener un hijo ya concebido no puede justificar su abandono
o destrucción” (n. 16).
Se afronta aquí el delicado tema de
los embriones congelados abandonados. El documento condena como contrarios a
la ética el uso de los mismos en la experimentación.
Presenta serias objeciones éticas “cederlos” a parejas que desean tener
hijos o que piden adoptarlos.
La situación de estos embriones es
tan grave y problemática, que exige tomar medidas para que
cuanto antes dejen de ser producidos, según lo que ya
había indicado Juan Pablo II en un discurso del 24
de mayo de 1996 que es citado en la nueva
instrucción (en el n. 19). En el mismo el Papa
hacía “una llamada a la conciencia de los responsables del
mundo científico, y de modo particular a los médicos, para
que se detenga la producción de embriones humanos, teniendo en
cuenta que no se vislumbra una salida moralmente lícita para
el destino humano de los miles y miles de embriones
´congelados´, que son y siguen siendo siempre titulares de los
derechos esenciales y que, por tanto, hay que tutelar jurídicamente
como personas humanas”.
Otros argumentos considerados en esta segunda parte son
los siguientes: la congelación de óvulos, la reducción embrionaria, el
diagnóstico preimplantatorio. Además, se ofrece un juicio sobre técnicas abortivas
precoces, especialmente la intercepción (a través del uso de la
espiral y de la píldora del día después) y la
contragestación (con el uso de la RU 486).
Es especialmente luminoso
un párrafo que habla del uso selectivo e injusto del
diagnóstico preimplantatorio y que denuncia la mentalidad discriminatoria que está
detrás de esta técnica. Un embrión humano que no tiene
la salud o las características deseadas por otros merece ser
siempre respetado. Por eso hace falta reconocer que “la dignidad
pertenece de igual modo a cada ser humano individual y
no depende del proyecto familiar, la condición social, la formación
cultural o el estado de desarrollo físico. Si en otros
tiempos, aun aceptando el concepto y las exigencias de la
dignidad humana en general, se practicó la discriminación por motivos
de raza, religión o condición social, hoy se asiste a
una no menos grave e injusta discriminación que lleva a
no reconocer el estatuto ético y jurídico de seres humanos
afectados por graves patologías e incapacidades: se olvida así que
las personas enfermas y minusválidas no son una especie de
categoría aparte, porque la enfermedad y la incapacitación pertenecen a
la condición humana y tocan a todos en primera persona,
incluso cuando no se tiene una experiencia directa de ello.
Tal discriminación es inmoral y debería ser considerada jurídicamente inaceptable”
(n. 22).
La tercera parte, “Nuevas propuestas terapéuticas que comportan la
manipulación del embrión o del patrimonio genético humano” toca argumentos
de gran actualidad que son objeto de debate en el
ámbito científico y en la opinión pública.
En concreto, se ofrece
un juicio ético sobre la terapia génica, en sus dos
modalidades, somática o germinal. Sobre la primera, el juicio es
el mismo que vale para cualquier acto terapéutico y para
la experimentación: que los peligros y costos no superen a
los beneficios esperados, y que haya consenso del enfermo o
de su representante. Sobre la segunda (terapia génica germinal), el
juicio es negativo, por los enormes riesgos que comporta, y
porque requiere, en el estado actual de la ciencia, intervenir
sobre embriones producidos “in vitro” (lo cual es siempre inmoral).
El juicio negativo es mayor si se recurre a la
terapia germinal no para curar enfermedades genéticas sino para “producir”
seres humanos con características genéticas impuestas desde una mentalidad eugenésica.
Otro
argumento afrontado es el de la clonación humana. El juicio
es negativo para sus dos modalidades, reproductiva y terapéutica. En
el primer caso, se impondría un patrimonio genético a un
ser humano, lo cual atenta contra el respeto que merece
su dignidad. En el segundo caso, se producirían seres humanos
destinados simplemente a su uso y destrucción por parte de
los investigadores, lo cual es mucho más grave. “Producir embriones
con el propósito de destruirlos, aunque sea para ayudar a
los enfermos, es totalmente incompatible con la dignidad humana, porque
reduce la existencia de un ser humano, incluso en estado
embrionario, a la categoría de instrumento que se usa y
destruye” (n. 30).
Por lo que se refiere al tema de
las células troncales o células madre (en inglés, “Stem cells”),
el documento formula un juicio positivo si tales células son
obtenidas desde un sujeto adulto y sin menoscabo de su
salud o integridad, o desde el cordón umbilical, o desde
fetos muertos de forma natural. “Es necesario alentar el impulso
y el apoyo a la investigación sobre el uso de
células troncales adultas, ya que no implica problemas éticos” (n.
32).
El juicio, en cambio, es negativo si la obtención de
tales células troncales implica la destrucción de embriones, como ocurre
en muchas investigaciones que están orientadas a estudiar cómo son
y qué ventajas ofrecen las células troncales de tipo embrionario.
Los
últimos parágrafos abordan dos temas de frontera. El primero se
refiere a la creación de híbridos, es decir, entidades obtenidas
a través de la “mezcla” entre óvulos de animales y
núcleos celulares de seres humanos; el juicio para este tipo
de experimentos es claramente negativo. El segundo se refiere a
cómo actuar frente a líneas celulares obtenidas desde la destrucción
de embriones por parte de terceros, un tema complejo en
el que siempre debe quedar claro la obligación ética de
no colaborar nunca en acciones que implican destruir o dañar
embriones humanos.
La conclusión explicita todavía más dos ideas que resultan
centrales en todo el documento: la necesidad de tutelar a
los seres humanos más débiles (de modo especial, a los
seres humanos en sus primeras fases de desarrollo, los embriones);
y la urgencia de respetar la ética en el mundo
de la investigación científica, para evitar aquellos usos de la
ciencia que pongan el peligro bienes básicos para la existencia
de la vida humana en la tierra. Vale la pena,
en ese sentido, reproducir unas líneas de esta parte conclusiva:
“Los
ataques diarios contra la vida humana; la existencia de grandes
zonas de pobreza en las que los hombres mueren de
hambre y enfermedades, excluidos de recursos de orden teórico y
práctico que otros países tienen a disposición con sobreabundancia; un
desarrollo tecnológico e industrial que está poniendo en riesgo de
colapso el ecosistema; la utilización de la investigación científica en
el campo de la física, la química y la biología
con fines bélicos; las numerosas guerras que todavía hoy dividen
pueblos y culturas. Éstos son, por desgracia, sólo algunos signos
elocuentes de cómo el hombre puede hacer un mal uso
de su capacidad y convertirse en el peor enemigo de
sí mismo, perdiendo la conciencia de su alta y específica
vocación a ser un colaborador en la obra creadora de
Dios” (n. 36).
Con la instrucción “Dignitas personae” la Iglesia ofrece
un documento sobre bioética abierto a toda persona de buena
voluntad, en el que invita a la ciencia y a
la medicina a dirigir sus mejores esfuerzos al servicio del
ser humano. Para ello, el documento denuncia formas de abuso
con las que algunos adultos buscan usar a otros sin
respetar su dignidad intrínseca; por ejemplo, con la producción, congelación,
selección y destrucción de embriones, la clonación, etcétera.
Desde una mirada
filosófica y teológica sobre la condición humana, es posible descubrir
la necesidad de establecer límites éticos que impidan a los
investigadores pisotear el derecho a la vida y a la
salud de los más débiles, los embriones, y que ayuden
a promover una medicina orientada al bien de todos, sin
discriminaciones.
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