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Sexualidad y Bioética | sección
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Embriones sobrantes y FIVET | tema
Autor: Dr Ramón Lucas Lucas, Dra Mónica López Barahona y Dr. Salvador Antuñano Alea
Adopción de embriones a mujeres solteras o con orientación homosexual
Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en la medida de lo posible, un recto desarrollo persona
 
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, bastaría como condición suficiente la disponibilidad de una eventual madre. Y en ausencia de una pareja de padres estables, resultaría legítimo acudir también a mujeres solteras o con orientación homosexual –siempre que no presenten problemas en la esfera reproductiva, pues lo que hay que garantizar es la vida del embrión–.

Respuesta: Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en la medida de lo posible, un recto desarrollo personal. La vida del embrión no es sólo una vida biológica, sino una vida humana personal. Y eso pasa por regular la adopción prenatal, como se hace con la adopción de los ya nacidos, de forma que se implanten los embriones en aquellas mujeres que pueden ofrecer garantías de un buen desarrollo personal e integral al hijo.

Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, quedarían subordinados los siguientes valores reconocidos por una antropología personalista: el derecho del hijo a ser gestado en el seno de la propia madre; el derecho del hijo a nacer en un contexto que garantice también el crecimiento equilibrado de la personalidad (familia); el valor de la maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos; la representación de la procreación humana como acto interpersonal de naturaleza triádica –padre, madre, hijo-.

Respuesta: Hay que mantener, de nuevo, la diferencia de los actos morales (como ya se dijo al inicio) y de los derechos fundamentales. Todos esos valores reconocidos por una antropología personalista son valores jerarquizados en función de un valor primigenio y anterior a todos ellos –como que es el supuesto y condición necesaria para que se den-: la vida humana. La vida humana tiene prelación sobre esos valores enunciados, no en el sentido que se pueda «producir» sin ellos o contra ellos, sino en el auténtico sentido de que si no hay vida humana no se dan tampoco esos valores. Ya decían los antiguos «primum vivere et postea philosophari».

De lo contrario, habría que concluir que no tiene valor, dignidad, ni sentido la existencia de quienes han visto violados esos derechos –y esto es absurdo, entre otras cosas, porque excluiría a buena parte de la humanidad-. Por otra parte, la objeción es insostenible, y no hay subordinación alguna, pues de hecho, el embrión congelado ha sido ya, injusta e ilícitamente, privado de esos derechos: su madre biológica lo ha abandonado; también lo ha abandonado su familia; la maternidad biológica ha quedado completamente pervertida y subvertida; lo mismo el acto de su procreación humana... El mal ya está hecho. Sólo la adopción prenatal puede intentar subsanar de alguna forma tales injusticias y atropellos.

La adopción prenatal no puede proponerse a parejas estériles, porque avalaría la tesis del “derecho al hijo” y podría someter a riesgo la vida del embrión congelado cuando la potencial madre pudiera sufrir problemas por la reproducción.

Respuesta: En esta objeción hay que distinguir varios aspectos para no confundir la verdadera adopción prenatal de la que estamos hablando de otras mal llamadas «adopciones».

El primer aspecto es el de la «cesión» de embriones crioconservados a parejas estériles en sustitución de la fecundación in vitro. Aquí el principio de fondo es el supuesto «derecho al hijo» y lo que cambia entre uno y otro es el modo de lograrlo. Evidentemente no podemos hablar de adopción, como tal, y el acto es ilícito porque trata al embrión «cedido» como cosa e instrumento

El segundo aspecto es que con la lógica de la objeción tampoco podría proponerse la adopción postnatal a parejas estériles. La tesis del “derecho al hijo” la sostienen también parejas fértiles que generan con esa idea a sus hijos. Esa tesis es un problema distinto del de la adopción de embriones. Esta posición tiene que ver con las intenciones subjetivas de cada persona (finis operantis), que podrán viciar la bondad del acto humano desde este punto de vista, pero que no cambian la natural bondad del mismo.

Evidentemente, como ya se dijo, quienes adoptan deberían hacerlo por el bien del hijo, y no por sí mismos; deberían acoger al embrión como persona y no como «cosa» u objeto que sacia su «derecho al hijo». Este criterio vale para todo acto moral; si fuera malo un acto en sí mismo y para todos, por que algunos pueden hacerlo con malas intenciones, entonces hasta las acciones más nobles estarían prohibidas.

El tercer aspecto es que es incorrecto objetar que la adopción prenatal somete a riesgo al embrión congelado; el embrión congelado vive –o mejor, está latente- en riesgo y degeneración continua hasta que no se lo implante. El temor al llamado “aborto terapéutico”, puede solucionarse con una legislación adecuada y justa. Además, ese temor, que en todo caso podría ser la situación de algunos embriones, no invalida por sí el principio general.

Si la vida se considera como un valor fundamental –porque es condición de la misma jerarquía de otros bienes humanos y condición necesaria, pero no suficiente, para alcanzar el fin específico del hombre-, entonces, el valor vida puede ser conmensurable en línea de principio (por ejemplo, se puede dar la vida por otro, o se puede privilegiar la fidelidad a la verdad respecto de la conservación de la vida).

Respuesta: el valor de la vida es una valor absoluto relativo, como el hombre mismo. Evidentemente el hombre tiene un valor absluto, pero no lo tiene por sí mismo, porque -si se permite el juego de palabras- él no es un Absoluto Absoluto, sino un absoluto relativo. Si el hombre es un absoluto es porque se funda en último término en el Absoluto divino; su absolutez es relativa o, mejor dicho, participada. La obligatoriedad y absolutez de la moral reclama un Absoluto ontológico, personal, que siendo completamente Absoluto pueda fundar la obligatoriedad del valor absoluto relativo del hombre. Es en este contexto ontológico-existencial, donde la vida humana, poseyendo el valor absoluto de la persona, es sin embargo relativa al Absoluto del Valor. Por tanto, en relación a ese Absoluto de valor y a lo que a Él se refiere (valor moral, valor religioso, verdad religiosa y moral), la vida humana guarda una jerarquía participada y entra dentro de la jerarquía de valores. En razón de un valor jerárquicamente más alto, su valor es relativo.

Si deseas consultar el artículo completo:

La licitud moral de la adopción de embriones congelados y la respuesta a las objeciones
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