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Autor: Tebelio Martin Rodriguez Legislaciones sobre fertilización artificial
Cuando se aplican leyes al deseo de tener un hijo a toda costa llegamos a esclavizar a nuestra descendencia
Documentos y sociedad
Es imposible analizar todos las legislaciones y
su repercusión en el ser humano y la sociedad, se
citaran los principales para su análisis.El juicio ético y la
regulación jurídica han sido posterior a los adelantos científicos, las
consecuencias han aparecido en las personas y en la sociedad,
ambos son víctimas al aplicarse una técnica sin el conocimiento
que permita un análisis para tomar una actitud correcta.
Ética
y derecho no pueden ayudar en el debate, al
menos de forma inmediata, necesitan de tiempo para el estudio
profundo de la técnica a aplicar. Algunos científicos piden actuar
libremente alegando que las regulaciones impiden extender las fronteras de
la Ciencia, a la vez que se sienten tentados por
el vértigo a dominar la propia especie, manipulando el patrimonio
genético, discriminando a los que suponen tienen defectos.
Los abusos
que se pueden cometer en nombre de la Biotecnología, son
incalculables, no se puede confiar en las buenas intenciones de
los profesionales. Todos los países desarrollados tienen una normativa pública
reguladora de las prácticas biomédicas y biotecnológicas, son los hombres
de leyes los responsables de analizarlos desde el punto de
vista disciplinar, para poder destacar o criticar sus bases
éticas. Estos documentos reflejan una filosofía o forma de
entender la vida incipiente del embrión, los deseos de procreación
de personas infértiles, ambiciones científicas, intereses políticos y financieros y
el misterio de la muerte. Todos, en teoría, expresan altruismo
humanístico, defensa de los derechos humanos fundamentales, casi todas han
sido establecidas en foros políticos, bandera de campañas electorales, no
siendo consultadas las autoridades científicas, religiosas o éticas. Casi todos
tratan con disquisiciones legales y distinciones científicas caprichosas, para que
se pueda disponer del embrión con fines experimentales o abortistas.
La
propia información científica es manipulada con determinados fines, como la
revista Science (6/XI/98), que publicó un artículo que defiende la
experimentación con embriones humanos donadas por sus padres, fruto de
la fecundación in Vitro, de los que se extrajeron células
troncales que se cultivaron con técnicas especiales, obteniéndose células que
se reproducen indefinidamente, pudiendo llegar a diferenciarse en células de
otros tejidos u órganos, como el páncreas, corazón, etc. dando
la esperanza de curar enfermedades que en la actualidad son
incurables. Se trata de preparar a la opinión pública para
la justificación de tomar a los embriones como material de
experimento para su uso en enfermos. Aparentemente no se copia
biológicamente un ser humano, no se destruye una figura humana
y se “aprovecha material biológico sobrante”, es la cultura pro-
abortista que considera al embrión como no ser.
El progreso
técnico a costa de los más débiles e indefensos, porque
no pueden levantar su voz para expresar su protesta, y
no son escuchados ni siquiera por sus padres, no puede
llevar a las sociedades a la felicidad ni el bienestar.
Es, en este entorno, que se desarrollan documentos que favorecen
la legalidad de las T.R.A., los que no comulgan con
estas ideas son acusados de “detener el desarrollo científico técnico”o
la “libertad de investigar”, o se les califica como “integristas”.
Algunas sociedades expresan en sus documentos falsas razones para
legalizar el uso de lo que “sobra” en las clínicas
llamadas a resolver la esterilidad.
La reproducción asistida es otro ejemplo
de nuestras sociedades para responder con los avances tecnológicos a
las situaciones de crisis. La tecnología aumenta el poder sobre
la naturaleza pero aumenta la responsabilidad.Los países donde el aborto
es legal, está considerada una rutina; con el tiempo han
sufrido las aberrantes consecuencias de utilizar los productos de
esta práctica como material de investigación y experimentación, creando una
cultura para que los sub.-productos de la FIVET tengan los
mismos fines o terminen en la industria.
El presente siglo tendrá
un gran desarrollo de la Genética y la Biotecnología pudiendo
ser un aporte beneficioso de la Ciencia a la sociedad
o un dominio del hombre, creando una nueva forma de
injusticia y desigualdad con los más indefensos; no hay diferencias
con las prácticas nazis de la Segunda Guerra Mundial, cuando
el ser humano se le explotaba en tres etapas: incautación
de los bienes, la explotación personal y por último su
cuerpo era utilizado en la industria.
En 1975 la revista “Pedriatrics”,
publicaba un Código de Ética para el uso de fetos
y material fetal en la investigación, otorgándose valor absoluto a
la investigación científica: la justificación, “desarrollar la Ciencia”, legalizando el
uso de la investigación sin límites, ignorando el análisis ético,
razonado. Se les quita el derecho a la vida a
los frutos de la reproducción en laboratorios, justificando el uso
de material fetal en la industria de la cosmetología, el
trasplante de tejidos, pudiendo los padres encargar hijos para ser
empleados en estas “industrias”. En ocasiones las legislaciones defensoras de
la vida solo logran evitar el comercio o utilización abusiva
del material fetal y no el homicidio que se produce,
ni el sufrimiento del feto.
Generación de Derechos y autonomía
La llamada
Segunda Generación de Derechos, es decir los socioeconómicos, conceden a
la Autonomía un valor exagerado y por tanto a la
autodeterminación del individuo, teniendo poder de decisión sobre terceras personas.
En
este marco se desarrollan y aprueban las leyes de reproducción
asistida de marcado acento individualista, con intereses y derechos del
padre y la madre amparados en el principio de Autonomía
con pérdida de valor para el embrión humano frente a
los deseos de los padres. Hasta que no aparezcan los
derechos de tercera generación que deben tener en cuenta superar
el individualismo y dar paso a los derechos de las
generaciones futuras, como el ecologismo, el respeto a la Naturaleza
con todas sus formas de vida, y a sus recursos.
El
Principio de Responsabilidad debe graduar la utilización de las nuevas
tecnologías y su rápido desarrollo, para poder estudiar los efectos
inmediatos y las consecuencias futuras. Otro principio que se debe
aplicar es el de Precaución que es una legislación restrictiva
sobre la Biotecnología para que la sociedad pueda tener control
sobre ella. Es decir la ley civil tiene que ser
coherente con la razón y con la ley natural, para
no perder la validez jurídica, y debe permitir la objeción
de conciencia.
La transmisión de la vida no es un acto
absoluto en sí mismo y no puede ser obtenido en
cualquier circunstancia, el derecho debe ordenar, dirigir y dar respuesta
a esta realidad social. No puede la aplicación de la
técnica ser aceptada por sus buenas intenciones sin tener en
cuenta los problemas éticos, psicológicos, sociales y económicos, que plantean
estos procedimientos en su conjunto.
Muchos Códigos de Ética y
Deontología Medica consideran el respeto por la vida y la
dignidad de la persona en el capítulo de la reproducción.
Establecen que al ser humano en la fase de
embrión enfermo (operaciones intra-útero) se le debe un trato
con las mismas directrices éticas del resto. Los documentos al
respecto del tema deben ser revisados periódicamente debido al rápido
avance de la Biomedicina.
En muchas sociedades se observa el
fenómeno de restar sensibilidad en las conciencias y borrar el
valor de la vida humana y para ello se utiliza
las “diferentes calidades”, los científicos que promueven que todo valor
puede ser sacrificado en aras del progreso científico logran disponer
de material biológico adecuado y barato para sus aspiraciones. Al
admitir en documentos que pueden algunas vidas que no sean
tan dignas de ser vividas por razones de raza biológica,
pertenencia a pueblos pobres o incultos, por edad, enfermedad o
no ser útiles o representar una carga en su mantenimiento,
se corre el riesgo de legalizar y aceptar que la
condición humana no está en sí misma, ni en el
hombre, sino que estaría otorgada por otros, dependiendo de la
generosidad o de leyes.
La recomendación 1046 de la
Unión Europea (UE), de 1986, sobre la utilización de embriones
y fetos humanos, trata de reparar las novedades espectaculares que
sucedieron entre 1982 y 1986 en el campo de la
reproducción humana, se recomienda la investigación del comercio de embriones
y fetos muertos, en ella se declara que desde
el momento de la fecundación hay vida, reconoce que el
embrión y el feto carecen de protección jurídica adecuada, que
ambos deben beneficiarse en todo momento del respeto debido a
la dignidad humana, el uso de sus tejidos se justifica
sólo con fines terapéuticos, se prohíbe la conservación artificial de
fetos y embriones humanos con el fin de convertirlos
en material utilizable, ni hacer uso de estos después de
muertos de forma arbitraria
Más tarde se produce la recomendación 1100
de 1989, para reafirmar la protección al embrión humano, prohíbe
el uso de estos en la investigación y la experimentación,
reconoce la condición humana desde la concepción. En ese mismo
año se publica la resolución sobre fecundación artificial in Vivo
e in Vitro.
Leyes sobre reproducción asistida
Analicemos dos países
que han aprobado la ley de Reproducción Asistida recientemente,
en España entró en vigor el 23/XI/03, (13 años después
de la UE) establece no más de 3 embriones fecundados
por tratamiento, el resto del documento esta viciado de contenido,
dando espacio a las excepciones, oportunidad en manos de los
médicos y los intereses personales de las clínicas. El otro
país es Italia entró en vigor el 11/XII/03, más especifica
que la anterior, establece igual número de embriones fecundados, no
pudiendo ser congelados, limita la técnica a parejas casadas o
uniones estables, de sexo diferentes y en edad fértil, rechaza
las madres abuelas, no admite la fecundación heteróloga, no se
puede hacer diagnóstico sobre el embrión antes de ser implantado
y prohíbe la experimentación con embriones. Ambas leyes son similares
a las aprobadas en Noruega y Suecia.
El caso de Alemania
donde existe una ley de protección de embriones vigente desde
1990, no permite la experimentación, en la actualidad se
pretende modificar con el argumento de impulsar la industria biotecnológica
alemana, para el desarrollo económico y “hacer lo que
otros hacen”.
Las legislaciones británicas deciden que en los primeros 14
días se puede tratar al embrión humano como material de
laboratorio, posteriormente hay que destruirlo sino tiene otro destino. En
EUA reconocen la capacidad jurídica del embrión y su derecho
a ser protegido fuera del útero materno, pero no lo
protege una vez instalado en ésta.
Otros documentos importantes son la
Declaración Ibero-latinoamericana sobre Derecho, Bioética y Genoma Humano muy similar
a la Declaración Universal de la UNESCO y la Asamblea
General de la Naciones Unidas, en ellas se protege al
ser humano de los efectos indeseables de los desarrollos científico
y tecnológico, el respeto a la dignidad, identidad y a
la integridad humana, el respeto a la cultura, las tradiciones
y los valores de los pueblos, propone una mayor solidaridad
entre los pueblos en la participación de los beneficios del
desarrollo científico, el manejo, almacenamiento y la disposición de los
bancos de muestras biológicas y la necesidad de prohibir la
comercialización del cuerpo humano, sus partes y sus productos, este
texto tiene valor jurídico y normativo. Legalizar técnicas que no tienen
en cuenta la dignidad de la persona cierra la puerta
al derecho humano fundamental: el derecho a la vida, no
existe justificación en la sociedad ni por el estado para
legalizar lo ilícito, con el tiempo la conducta despenalizada o
legalizada se hace frecuente, se generaliza su práctica, se basa
en falsas cuestiones humanitarias, se practica con naturalidad, llega a
ser lo legal moral y viceversa, se hace una costumbre
llegando a ser normal y dañando no tan solo al
ser humano, también a la sociedad y al propio estado,
las consecuencias, pérdidas de valores espirituales. Los legisladores no tienen
derecho a determinar quien es humano o no, para protegerlo
jurídicamente; las normas jurídicas que atentan contra la vida son
injustas, aunque se aprueben. El derecho a la vida no
esta basado en situaciones diferentes del hecho de ser humano
y estar vivo. Nunca será positiva la legalización de las
T.R.A., no ayudan a su desaparición, aumentan su frecuencia;
deteriorando el derecho de la familia a ser la cuna
biológica donde se aprende y se cultivan los valores del
hombre.
La mayoría de las legislaciones reconocen que el embrión
merece profundo respeto, pero la realidad es una mala praxis
médica, creando la pendiente resbaladiza de producir y usar embriones
para obtención de lucro e intereses personal.Lo más peligroso es
que los que sufren no son los que obtienen las
ganancias de este gran negocio.
La ley penal no solo tiene
la finalidad de perseguir el delito, debe ayudar a crear
la conciencia social de los valores básicos de la convivencia
y disuadir a los ciudadanos de violarlos.
Muchos Códigos y leyes
justifican separar lo que es justo por Naturaleza y lo
legal; la despenalización de hechos éticamente inaceptados o su legalización
no exime la responsabilidad en la aplicación de estas técnicas.
Los que defienden lo ilícito éticamente permiten que lo justo
solo se reduzca a lo legal. Las sociedades que
no legislan con una base ética, dándole valor real a
la vida humana de sus ciudadanos, llega a clasificarlas como
“indignas” o “indeseables”, (hijos no deseados, no planificados), considera al
hijo un intruso, que perturba la paz familiar. Cuando se
aplican leyes al deseo de tener un hijo a toda
costa llegamos a esclavizar a nuestra descendencia, no se considera
persona, es fruto de la técnica en el laboratorio, aplicada
por personal contratado. El control del ser humano por la
técnica, con controles de calidad, llega a eliminar lo “no
útil”, no sano, o que estorba a otros, se desvalora
la única vida que tiene cada ser humano, su dignidad
no esta condicionada a nada, no tiene sentido relacionar el
comienzo de la vida con etapa o fase alguna. Decidir
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