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Autor: Antonio Rivero Inseminación artificial y fertilización in vitro
¿Nos damos cuenta hasta dónde nos puede llevar una ciencia en la que el hombre es el objeto mismo de su propia tecnología?
1. Concepto: la inseminación artificial es lo contrario a la inseminación
natural, realizada por vía sexual. En esta unión artificial hay
una manipulación mediante la aplicación del semen.
2. Juicio ético:
a)De la
inseminación artificial: Para comprender la ilicitud de la inseminación artificial
hay que recordar que el matrimonio es una institución natural
para la procreación, y que, también por naturaleza, la única
fomra lícita de unión sexual es el matrimonio.
Por otro
lado, el matrimonio, hablando con propiedad, no es un derecho
a tener hijo, sino a poner los actos naturales que
pueden traer como resultado la procreación. Si no fuese así,
resultaría antinatural -lo que no es cierto- el matrimonio en
el que uno o los dos cónyuges fuesen estériles.
Teniendo
en cuenta lo anterior, se deduce:
La inseminación artificial fuera del
matrimonio o dentro del matrimonio pero con semen de un
tercero, atenta a la misma institución matrimonial: son, y de
modo artificial, concubinato o adulterio;
La inseminación artificial dentro del
matrimonio y con semen del esposo es también ilícita, porque
el fin de la procreación sólo se puede intentar con
el acto conyugal. A esta ilicitud se añadiría la de
la obtención del semen, también en el caso de emisión
involuntaria o por intervención quirúrgica, porque la malicia del fin
(inseminación) contagiaría de malicia al medio empleado.
No es inseminación artificial
el uso de medios artificiales encaminados únicamente a facilitar la
realización natural del acto sexual o a que éste, normalmente
cumplido, consiga su fin.
b) De la fecundación in vitro: agrava
la malicia de la inseminación artificial. La fecundación se hace
y se continúa fuera de la madre. Tanto la fecundación
artificial en el matrimonio como fuera del matrimonio es inmoral.
Además de ser contrario a la dignidad del matrimonio, a
la doble finalidad del acto conyugal (unitivo y procreador), es
contrario a la dignidad de la persona humana que nunca
es un objeto ni un medio, sino que es fin
y sujeto. Pablo VI en su encíclica “Humanae Vitae” en
el número 13 dice: “Usar ese don divino (acto conyugal)
destruyendo su significado y su fianlidad, aún sólo parcialmente, es
contradecir la naturaleza del hombre y de la mujer y
sus más íntimas relaciones, y por lo mismo es contradecir
el plan de Dios y su voluntad”.
¿Nos damos cuenta hasta
dónde nos puede llevar una ciencia en la que el
hombre es el objeto mismo de su propia tecnología? La
ciencia y los caballos pueden ser peligrosos cuando se desbocan.
Con la inseminación artificial y la fecundación in vitro se
tiende a realizar un deseo legítimo, la paternidad y la
maternidad vividas. Pero los deseos honestos han de conseguirse por
medios honestos. Sólo el acto conyugal es éticamente digno para
dar origen a una nueva vida humana.
En la fecundación
in vitro el hombre pone voluntariamente en marcha un
proceso que sabe con toda seguridad causará la muerte de
algunos o de todos los embriones.
VI. Principios morales respecto a
la bioética
1. El hombre no puede ser objeto de su
propia tecnología ni es medio del que se pueda manipular.
Dios lo ha querido como sujeto y como fin en
sí mismo. El hombre no es pura materia, bioquímica o
fisiología; es, desde su concepción, un ser con un origen
y un destino trasncendentes.
2. La ciencia ha de estar al
servicio del hombre, no en su contra. Es decir, tiene
que respetar su dignidad, no manipular. No puede utilizarse para
satisfacer las ansias de algunos si se corre el riesgo,
y ciertamente se corre, de perjudicar a muchos...y si se
corre el riesgo de variar la naturaleza biológica del hombre,
que es intangible y constitutiva de la identidad personal del
individuo, en todo el curso de la historia. El propio
sentido común ha de imponerse a la fascinación que ejercen
las nuevas conquistas científicas. Por eso dice el Papa Juan
Pablo II que todo progreso científico, para que sea también
progreso del hombre, ha de contemplar a éste en la
dignidad superior de su sentido trascendente.
3. Se dice que el
médico debe aliviar los sufrimientos humanos, y uno de tantos
es la infertilidad. Pero las técnicas de procreación artificial no
curan la infertilidad, sino que la burlan, la eluden: el
hombre y la mujer siguen siendo tan estériles antes como
después del tratamiento.
4. Dios pone el alma en el momento de
la concepción, realizada después del acto íntimo de los esposos.
Con la inseminación artificial y la fecundación in vitro queda
el siguiente interrogante: ¿Sigue Dios poniendo el alma espiritual? Un
ser tan digno como la persona humana merece un advenimiento
más digno.
5. No todo lo biológicamente factible es éticamente correcto. No
es ético el modo de obtener el esperma, la destrucción
o comercialización de los embriones inútiles (que son personas desde
el momento de la fecundación, inhumanamente asesinadas o comercializadas). No
es lo mismo dar semen que dar sangre. El semen
no es sólo pura bioquímica, sino que transmite la paternidad,
es portador del patrimonio genético y como tal es recapitulación
de una historia, vehículo de caracteres personales y expresión de
una genealogía. La inseminación artificial heteróloga priva al donante desconocido
de la intransferible responsabilidad de cuidarse de su descendencia.
6. Cada
niño tiene derecho a saber quiénes son sus padres biológicos
y merece venir al mundo por el amor de un
padre y una madre.
7. Hay que rechazar la fecundación in
vitro por el concepto materialista de la vida humana, que
olvida la dimensión racional y espiritual de cada ser humano.
8. No se puede hacer un mal para conseguir un bien
(Non sunt facienda mala ut eveniant bona).
9. Sólo los esposos tienen
un derecho recíproco sobre sus cuerpos para engendrar una vida
nueva; derecho exclusivo imposible de ceder, inalienable...Entre el esposo legítimo
y el niño fruto del elemento activo de un tercero,
aunque el esposo hubiera consentido, no existe ningún lazo de
origen, ninguna ligadura moral, jurídica, de procreación conyugal.
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