Autor: Fernando Pascual | Fuente: Catholic net Droga para uso personal: ¿despenalizarla?
¿Cómo afrontar el hecho de que muchas personas tengan consigo droga para uso personal?
Droga para uso personal: ¿despenalizarla?
¿Cómo afrontar el hecho de que muchas personas tengan consigo
droga para uso personal? El estado, ¿tiene la obligación de
castigar a quienes poseen pequeñas cantidades de droga? ¿No debería
más bien perseguir sólo a los traficantes y dejar tranquilos
a los consumidores particulares, muchos de ellos víctimas de la
drogadicción?
La pregunta se repite en diversos contextos y exige una
respuesta, pues según la misma los legisladores y los gobiernos,
la policía y los jueces, podrán actuar de modo tempestivo
y con la eficacia que se espera para el bien
de las personas y de toda la sociedad.
Es oportuno evidenciar
que la “droga en el bolsillo” no se reduce a
la problemática que pueda tener el consumidor (ocasional o habitual,
en sus momentos iniciales o ya sumergido en la dependencia),
sino que involucra de modo más o menos directo a
otras personas: al productor de droga, al traficante, a los
que la venden como “mayoristas” o como minoristas, a los
familiares del “consumidor”, a las estructuras sanitarias (que atienden a
cientos, incluso miles, de adictos), a los educadores y amigos,
a los compañeros de trabajo, etc.
Además, el tema “droga” toca
muchas dimensiones, físicas, psíquicas, espirituales, familiares, escolares, sociales, culturales, económicas,
políticas, etc. Por lo mismo, hablar sobre el consumo personal
de drogas en su dimensión legal, dejando de lado los
demás contextos, es siempre algo insuficiente y parcial, aunque resulta
útil centrarse en el mismo para analizarlo en profundidad. En
ocasiones será posible aludir a otras dimensiones del fenómeno, pero
por motivos de brevedad concentraremos la atención en la relevancia
jurídica que nace del hecho de tener droga para uso
personal.
Partimos de una reflexión a la que se recurre al
tocar esta temática. Sabemos que no todo lo éticamente incorrecto
debería convertirse en algo punible por la ley. Al mismo
tiempo, todo lo que sea o pueda llegar a ser
peligroso para terceras personas, y en algunos casos también para
uno mismo, es no sólo éticamente incorrecto, sino también algo
que va contra la justicia y el orden social, por
lo que las autoridades tienen la obligación de intervenir para
impedir daños y para castigar a quienes promueven o ejecutan
actuaciones de ese tipo.
Expliquemos más a fondo esta idea. Existen
miles de comportamientos erróneos e inmorales sobre los que el
estado no tiene que intervenir. Por ejemplo, si uno es
egoísta y en casa escoge siempre la fruta más sabrosa
y deja la peor a los demás, si no ayuda
en las tareas familiares porque prefiere “navegar” en internet, si
no hace los deberes universitarios, si grita al vecino porque
tiene un perro que ladra mucho...
Esas y otras muchas situaciones
parecidas tienen un peso social reducido, no dañan la justicia
de modo relevante. Sería absurdo proponer intervenciones policiales y juicios
en los tribunales (de por sí ya saturados, en muchos
países, por todo tipo de querellas) para eliminar ese tipo
de comportamientos. Nadie irá a un juzgado porque no visitó
a un amigo enfermo, aunque éticamente es bueno no dejar
solos a quienes necesitan más ayuda. Pedir que el estado
intervenga en comportamientos de este estilo llevaría, además, a una
inflación del poder público que llegaría a asfixiar casi por
completo la legítima libertad de las personas y de los
grupos sociales.
Otros comportamientos, en cambio, implican daños sociales de importancia,
hieren derechos de otras personas, promueven el desorden, alimentan la
delincuencia, socavan los cimientos en los que se construye la
sociedad. Ante los mismos el estado tiene la obligación de
intervenir con leyes concretas y con acciones “represivas”, en orden
a impedir tales comportamientos y a castigar a quienes los
ejecuten.
Apliquemos lo anterior a un tema concreto: la posesión de
armas de fuego. ¿Es lícito adquirirlas libremente, conservarlas en el
propio hogar, o incluso llevarlas consigo en la calle, en
el trabajo, en lugares públicos?
En Estados Unidos, con ciertos límites,
se ha dado una respuesta más bien afirmativa a algunas
de estas preguntas. Los resultados, sin embargo, no son muy
halagüeños. En otros lugares, la respuesta ha sido claramente negativa
en la mayoría de los casos, para evitar situaciones de
peligro. Los estados “prohibicionistas” tienen que combatir, desde luego, la
posibilidad de un tráfico ilegal de armas, que se concreta
allí donde exista una mayor “demanda” de posesión de tales
armas.
Añadimos, porque es algo que algunos olvidan y que aplicaremos
al tema de la droga, que el simple hecho de
legalizar la posesión de ciertas armas de fuego no elimina
el tráfico y la venta ilegales de las mismas. Existen
muchos productos legalizados (un caso clásico es el del tabaco)
sobre los que existe todo un mundo sumamente rentable de
ventas clandestinas.
No faltan quienes argumentan que impedir por ley a
la gente llevar su propia pistola por la calle va
contra el derecho a la autodefensa o contra el derecho
a poseer y usar un bien particular. Pero el legislador
de muchos estados considera que llevar armas coloca a las
personas en una situación de peligro, e interviene, por lo
tanto, con medidas prohibitivas, aunque esta intervención sea vista, por
algunos, como “liberticida”. En realidad, lo que se busca es
garantizar el bien común y la convivencia pacífica entre las
personas.
El criterio de fondo en este tipo de intervenciones legislativas
y jurídicas es el siguiente: el estado no puede permitir
que los individuos, amparados en presuntos derechos personales, tengan pertenencias
o realicen comportamientos (inclusive a través del simple uso de
la palabra: es delito en muchos lugares la apología del
terrorismo o del racismo) que implican peligros potenciales o daños
concretos a la salud, a la vida, a la fama
y a otros derechos fundamentales de algunos seres humanos. Por
lo mismo, allí donde un comportamiento o un objeto particular
signifique un primer paso para el desorden social, para el
daño (de relevancia) de otros (a veces, también, de un
mismo), es plenamente lícito, incluso es un deber ineludible, intervenir
de modo represivo, sea evitando las situaciones de peligro, sea
castigando a quienes violan las leyes (en el caso de
las armas, a través de la tenencia, producción y comercio
de armas ilícitas).
Con la reflexión que acabamos de ofrecer podemos
afrontar ahora el tema de la droga, y volvemos a
las preguntas iniciales. ¿Es lícito que el estado establezca leyes
prohibitivas y penalice el hecho de poseer droga para uso
personal? ¿No sería mejor que las leyes permitiesen a las
personas particulares llevar consigo “cantidades mínimas” de drogas (estupefacientes, psicotrópicos,
etc.) para uso y consumo personal?
Para agilizar el desarrollo de
las reflexiones, hablaré de “droga personal” para referirme a cantidades
de droga en posesión de una persona que se supone
sirven sólo para el propio uso y consumo.
El camino hacia
la respuesta supone una reflexión atenta sobre la posible peligrosidad
social del consumo de drogas. Ha quedado claro que el
estado no interviene (no debería intervenir) en aquellas situaciones éticamente
reprobables que no tengan relevancia social. ¿Es tan peligrosa la
“droga personal” como para justificar una intervención “represiva” contra la
misma?
Es oportuno poner ante nuestros ojos los distintas niveles del
problema droga. Uno de ellos sería el nivel fisiológico: analizar
los componentes de las diversas drogas y sus efectos en
el organismo humano. Otro sería el nivel psicológico: estudiar los
efectos de las drogas en el desarrollo o “involución” de
la personalidad de quienes las consumen, especialmente cuando provocan dependencia
psicológica (que puede o no estar acompañada de dependencia fisiológica).
Otro sería el nivel social: evidenciar en qué sentido el
consumo de drogas modifica las relaciones con los demás, enrarece
las relaciones familiares y de otro tipo, llevando a situaciones
de enorme daño para las distintas personas que están más
o menos cerca de quien vive esclavo del mundo de
la droga.
El nivel social incluye también la actividad económica que
permite la adquisición de la “droga personal”, actividad que, en
cuanto demanda, despierta en algunas personas interesadas y hábiles el
deseo de corresponder a esa demanda con la “oferta” de
drogas, obtenidas por caminos, en muchos países, ilegales, con lo
que implica de fomento de la criminalidad organizada (narcotraficantes, grupos
terroristas financiados a través de la droga, mafias de diverso
tipo, etc.). Además, el consumidor de drogas, sobre todo si
se encuentra en una fase de dependencia aguda (estado de
drogadicción) puede incurrir en delitos más o menos graves para
conseguir el dinero que necesita para seguir comprando drogas.
Distinguir los
niveles ayuda, ciertamente, a clarificar las reflexiones y a discutir
de modo ordenado. Pero en el ser humano esos niveles
se dan relacionados: lo que ocurre en la propia sangre
o en las neuronas lleva consigo consecuencias psicológicas y comportamentales,
que repercuten en la vida social, etc. Al revés, una
situación de tensión familiar o de desazón psicológica puede preparar
a una persona a introducirse en el mundo de la
droga o del abuso de bebidas alcohólicas, provocando así reacciones
en cadena que pueden agravar y empeorar la situación.
Fijémonos ahora
en el nivel fisiológico. Sabemos que un alimento normal, tomado
en cantidades excesivas o según la situación particular en la
que se encuentre una persona concreta, puede convertirse en fuente
de enfermedades o incluso provocar la muerte. El diabético, por
ejemplo, es consciente de que no debe tomar azúcar u
otros alimentos. ¿Son las drogas sustancias que pueden ser vistas
como alimentos o sustancias “normales” para la gente en general,
y sólo peligrosas para algunas personas concretas?
No es fácil responder
ante la gran variedad de drogas que existen y las
que puedan aparecer en el futuro. Complexivamente podemos dar una
respuesta negativa: las drogas provocan importantes alteraciones en el organismo,
daños a corto o a largo plazo en el cerebro,
estados de alteración más o menos graves en el comportamiento.
Conllevan, además, el peligro de inducir a una creciente dependencia
o al paso de drogas “menos peligrosas” a drogas más
peligrosas. Añadimos aquí que la distinción entre “drogas blandas” y
“drogas duras” ha sido puesta en discusión y se prefiere
más bien clasificar las drogas según los efectos farmacológicos y
psicológicos que cada sustancia produce en el organismo humano.
Por lo
que respecta a las alteraciones psicológicas y comportamentales que produce
la droga, vemos cómo en muchos casos son asimilables a
las que produce el exceso de alcohol. Si reconocemos que
el abuso de bebidas alcohólicas ya está ampliamente penalizado en
muchos lugares del mundo precisamente por la peligrosidad social que
se genera a causa de las borracheras, entonces es fácil
concluir que la “droga personal”, en cuanto sustancia peligrosa, exige
una intervención penal en vistas a apartar a las personas
de su consumo y a evitar los daños sociales que
se siguen del mismo.
Desde luego, la penalización del consumo de
droga implica automáticamente la prohibición de su venta, de su
comercialización y de su producción, siempre que tales actividades estén
orientadas a abastecer el mercado de la “droga personal”. No
se excluye, lo cual toca decidir a las autoridades después
de haber escuchado a los expertos en medicina, el que
algunas drogas concretas puedan ser usadas (producidas, comercializadas) como sustancias
farmacéuticas y con un estricto control médico y social, para
evitar el que lleguen a ser vendidas con otros fines.
Respecto
a la posibilidad de que algunas drogas pudieran ser vendidas
legalmente en el mercado, la situación mundial nos muestra un
claro predominio de la posición prohibicionista: numerosos países del mundo
consideran ilegal y persiguen la producción, la importación, la venta
de drogas.
Diversas conferencias internacionales han llegado a conclusiones y acuerdos
claramente prohibicionistas. Podríamos evocar la que tuvo lugar en Shanghai
(1909) contra el opio, sobre la que hablaremos en seguida.
Otras conferencias sucesivas han confirmado la misma línea de acción.
Podemos recordar las dos más recientes: los acuerdos de la
Asamblea general de las Naciones Unidas de 1998, que aspiraban,
de un modo idealístico, a conseguir un mundo sin drogas
en el siguiente decenio; y los de Viena de marzo
de 2009, claramente orientados en clave prohibicionista.
No faltan, sin embargo,
propuestas y leyes a nivel de estados concretos o incluso
a nivel internacional a favor de la legalización o despenalización
de la “droga personal”, incluso manteniendo un marco político general
“prohibicionista” respecto de la producción y tráfico de drogas.
Los argumentos
que se dan a favor de estas propuestas son diversos.
El primero simplemente dice que las leyes prohibicionistas en este
ámbito no han solucionado nada, y que cada día son
más las personas que usan la droga, sea como consumidores
ocasionales, sea como drogadictos, con las consecuencias dramáticas que produce
la dependencia en cada persona que incurre en esta situación
(para algunos, equivalente a pleno título a una enfermedad).
Este argumento
valdría si ofreciese datos concretos. La realidad, sin embargo, es
bastante compleja. Hay países en los que ha disminuido el
consumo de ciertas drogas, ha aumentado el de otras, etc.
En Italia, por ejemplo, el número de muertes por uso
de drogas llegó a ser de 1566 en el año
1996, y bajó a 516 en 2002. Si se comparan
estas cifras con las cantidades de drogas secuestradas por la
policía, que en 1996 retiró del mercado 1270 kilos de
heroína, y 2584 kilos en 2002, se comprende que a
mayor acción represiva se obtiene una menor cantidad de víctimas
de la droga (cf. http://www.iss.it/ofad/docu/cont.php?id=84&lang=1&tipo=8).
Además, la historia demuestra de modo
claro que la legalización de la droga ha llevado a
efectos desastrosos. Bastaría con evocar la situación que se vivía
en China a inicios del siglo XX, a causa de
leyes por las cuales el opio podía ser comercializado y
vendido con un amplio espacio de libertad en el territorio
chino, leyes impuestas, en buena parte, por intervención (incluso militar)
de Gran Bretaña y de algunos de sus aliados.
Se llegó,
en esa época, a un consumo masivo de la droga
en China y a una producción mundial de 40 mil
toneladas anuales. Desde la Conferencia de Shanghai (1909) se pusieron
en marcha acuerdos y leyes prohibicionistas, que lograron excelentes resultados.
Actualmente (un dato de 2007) la producción mundial de opio
es “sólo” de 10 mil toneladas anuales (con una población
mundial muy superior a la que había hace 100 años).
Es decir, el prohibicionismo redujo el consumo y, consiguientemente, redujo
grandemente la producción y el tráfico de opio, que ahora
se produce en su mayor parte (un 95 %) en
Afganistán (un país que vive una grave situación de inestabilidad
política y militar).
En otros lugares ha habido legislaciones a favor
de no penalizar (o liberalizar) el consumo de algunas drogas
en lugares específicos. Un caso famoso es el de Holanda,
que permite desde hace décadas la venta de marihuana y
hachís en lugares concretos (los “coffeeshops”), pero sin llegar a
una legalización abierta de estos productos (el consumo de los
mismos en la calle puede ser sancionado con multa), y
en donde cada vez hay más voces que piden un
cambio de estrategia hacia un prohibicionismo más duro. Otro caso
es el de Suecia: se permitió el consumo de ciertas
drogas en los años 60 del siglo XX, pero luego
se cambió la política y se volvió a penalizar el
consumo de drogas, a través de la obligación de participar
en programas de rehabilitación para drogadictos.
Otro argumento que se usa
para legalizar/despenalizar la “droga personal” se coloca en un planteamiento
de tipo práctico o eficientista: las autoridades deberían concentrar su
atención en los traficantes de droga y en los productores,
y no dispersar energías persiguiendo o castigando a los consumidores,
muchos de los cuales son víctimas, seres enfermos, que no
pueden prescindir del uso de la droga.
Este planteamiento corre el
peligro de no dar su peso a la relación que
existe entre oferta y demanda, a la que ya aludimos
antes. Si existe una alta demanda de droga, habrá siempre
quien se esfuerce por aumentar la oferta y facilitar así
a los consumidores aquello que desean. Una vez que se
incrementa la costumbre de consumir sustancias tan peligrosas y adictivas
como las drogas es inevitable la caída en la dependencia,
con toda la serie de males que conlleva, y la
demanda se dispara, para beneficio del mundo subterráneo, y muy
poderoso, del narcotráfico y de la criminalidad organizada.
Al tocar este
tema no falta quien evoca la experiencia prohibicionista (la “ley
seca”) contra las bebidas alcohólicas en Estados Unidos en la
primera mitad del siglo XX. Luchar contra la demanda a
través de la ilegalización de la oferta resultó claramente ineficaz,
porque la demanda “alimentó” y fomentó el que la producción
y ventas de bebidas alcohólicas pasase de la legalidad a
la clandestinidad.
Para responder a esta “objeción”, conviene señalar, ante todo,
que una costumbre sumamente arraigada en la vida social no
puede eliminarse de modo rápido y efectivo con unas leyes,
aunque nazcan de muy buenas intenciones.
Al prohibir la venta de
bebidas alcohólicas, no se eliminó de golpe la demanda, apoyada
en la costumbre. Para atenderla, el mundo de la delincuencia,
que ya existía cuando muchas bebidas alcohólicas eran legales, encontró
una ocasión única para incrementar enormemente sus ganancias a través
del tráfico ilegal de bebidas alcohólicas. Pero hay que recordar
que los delincuentes no “perdieron su trabajo” cuando en Estados
Unidos se permitió de nuevo la venta de bebidas alcohólicas.
Continuaron en parte el tráfico ilegal de algunas de esas
bebidas, y orientaron sus energías criminales a otros sectores (drogas,
prostitución, etc.) más “rentables”. Creer que legalizar la droga es
quitar fuerza a las mafias que la controlan es una
utopía que desconoce la malicia de los criminales.
Hay que añadir
otro aspecto que va contra la analogía de quienes comparar
la prohibición de las “drogas personales” con la “ley seca”.
Algunas bebidas alcohólicas pueden ser consumidas de modo moderado y
según una sana disciplina, mientras que la mayoría de las
drogas actúan sobre el cuerpo humano y sobre la psicología
de un modo mucho más peligroso que lo que pueda
hacer un uso adecuado de vino o de cerveza.
Además, el
consumo “legal” de bebidas alcohólicas está sujeto en muchos lugares
del mundo a restricciones y a medidas penales. Por ejemplo,
hay países que prohíben la venta de tales bebidas en
determinados locales, a partir de cierta hora de la noche,
para los menores de edad, etc. En general, está terminantemente
prohibido tomar el volante de un coche o de otro
medio de transporte con un determinado nivel de alcohol en
la sangre, y se imponen penas severas a los infractores.
Si existe multas, e incluso cárcel, a quien conduce un
coche en estado de embriaguez, ¿no resultaría paradójico permitir que
los conductores pudieran tener a la mano y consumir drogas
potencialmente más peligrosas que ciertos niveles de abuso de bebidas
alcohólicas?
No nos dejemos engañar: ciertos usos del alcohol (y del
tabaco, de un modo semejante en algunos aspectos) están fuertemente
“controlados”, incluso penalizados, por numerosas leyes, en cuanto sustancias que
pueden provocar daños a otras personas. Es cierto que un
consumo moderado de estas sustancias puede no resultar peligroso para
los demás, aunque a veces provoque daños en el consumidor.
Pero aquí entramos en el punto sobre el que reflexionamos
al inicio: el estado no prohíbe todo lo que sea
éticamente incorrecto, sino sólo aquellos comportamientos que provocan situaciones de
peligro o daños directos a otras personas o de cierta
gravedad para uno mismo. El abuso de alcohol es uno
de esos comportamientos que puede ser (y que ya es)
penalizado por la ley. ¿No vale lo mismo para la
“droga personal”?
Por todo lo expuesto, creemos posible dar respuesta a
la pregunta inicial: ¿el estado tiene obligación de castigar a
quienes poseen pequeñas cantidades de droga? Sí, porque la “droga
personal” no sólo provoca graves daños personales, a nivel fisiológico
y comportamental, sino que lleva a graves daños sociales, en
dos niveles. Un nivel de daños surge desde la misma
alteración fisiológica y psíquica: quien consume drogas llega con facilidad
a situaciones de semi-inconsciencia o de euforia que afectan, incluso
gravemente, a otras personas. Otro nivel nace del simple hecho
que consumir droga sólo es posible después de haber comprado
droga (una sustancia ilegal); es decir, la compra de drogas
alimenta y sostiene el mundo de la delincuencia, una delincuencia
sumamente peligrosa, como se está demostrando en la existencia de
mafias y de grupos terroristas alimentados con el tráfico de
drogas, y que han alcanzado un poder económico tan elevado
que puede poner en peligro la vida y la estabilidad
de algunos estados del planeta.
Bastaría este segundo nivel (sin dejar
de lado el primero) para prohibir la “droga personal”. Porque
una persona llega a conseguir un producto ilegal si lo
ha comprado (directamente o a través de otros) en el
mundo de la delincuencia y la ilegalidad, en el reino
del poder del narcotráfico. Este simple motivo, sin desconocer todos
los daños personales y sociales que genera la drogadicción, y
sin dejar de lado los enormes costos sanitarios que suponen
para la administración pública el tener que crear y mantener
estructuras para atender a los drogadictos, bastaría para considerar necesario
la intervención punitiva contra quienes colaboran con la criminalidad al
adquirir “droga personal”.
Por lo mismo, la lucha contra la droga,
contra quienes hacen negocio desde la venta de sustancias destinadas
a destruir física o psíquicamente a las personas (es decir,
desde la venta de auténticos venenos), sin olvidar los enormes
perjuicios y las situaciones dramáticas que viven los familiares de
los drogadictos, no puede dejar de lado una justa intervención
del estado contra la demanda, que incluye penalizar a quienes
tienen “droga personal”.
Luchar contra la droga en su punto de
partida, la demanda, es necesario añadirlo, no implica limitarse a
medidas penales contra los consumidores, muchos de los cuales compran
droga desde una situación de enfermedad. El drogadicto ha de
ser visto, siempre, como persona, con toda su dignidad, y
como enfermo, en el cuerpo y en el alma. Es
por ello que la pena que se imponga a quienes
tengan “droga personal” ha de adecuarse a las distintas situaciones,
y no debe ser nunca motivo para impedir un buen
tratamiento sanitario y/o psicológico, sin excluir la dimensión espiritual, que
tanto ayuda a muchas personas para salir del túnel de
las dependencias.
Por lo tanto, las medidas represivas deben ser una
parte importante, útil ciertamente, sobre todo contra los productores y
vendedores de droga, pero también contra los consumidores, en la
lucha contra esta plaga. Pero deben estar acompañada por campañas
de prevención, especialmente respecto de los más jóvenes y vulnerables,
y de una justa atención a quien vive como enfermo
a causa de su condición de drogadicto. Sobre esto habría
mucho que añadir, pero lo dejamos por razón de brevedad.
Hay
un punto ulterior que merece ser aclarado: el hecho de
que existan países en los que se mezclan de algún
modo castigos y tratamientos médicos. Existen leyes, por ejemplo en
Italia, que penalizan de diversos modos la posesión de “droga
personal”, pero que permiten eludir los castigos penales si el
“delincuente” acepta acudir a un centro de rehabilitación para toxicodependientes.
Este tipo de medidas arranca de una buena intención pero
corre el riesgo de hacer ver el tratamiento como una
especie de castigo (o un sucedáneo del mismo). En realidad,
conviene distinguir bien los dos niveles de intervención, pues, como
ya hemos dicho, el drogadicto merece siempre ser tratado como
enfermo, y nunca debe ser privado de los tratamientos que
necesita si por delitos graves (robos, etc.) va a la
cárcel. Igualmente, ofrecer el tratamiento como “alternativa” al castigo puede
hacer ver el mismo tratamiento como castigo, provocando en muchas
personas una actitud de rechazo hacia el mismo. Sobre estas
últimas reflexiones, son de gran interés las ideas ofrecidas por
Vittorino Andreoli, un famoso psiquiatra italiano, en su obra Carissimo
amico. Lettera sulla droga (Rizzoli, Milano 2009).
En conclusión, ¿hay que
despenalizar la droga para uso personal? No. Lo que sí
es urgente es promover una sociedad con valores y principios
claros, que permita a jóvenes y adultos vivir sanamente, y
que les aparte de las redes de las dependencias (droga,
alcohol, prostitución, etc.) que provocan enormes daños individuales y sociales,
y que alimentan un mundo de delincuencia que no puede
coexistir con un estado sano.
Prohibir la “droga personal” es sólo
un aspecto, importante ciertamente, de la lucha contra la droga.
Saber integrarlo con otras acciones, según una visión equilibrada sobre
lo que significa la vida humana y sobre las virtudes
que llevan a un desarrollo integral de la propia personalidad,
es uno de los grandes retos que deben asumir todos
los que, de cualquier forma, intervienen en la tarea educativa:
la familia, la escuela, los grupos parroquiales y religiosos, las
asociaciones privadas, la empresa y los sindicatos, las administraciones públicas
(municipios, regiones, estados). Lo merecen las nuevas generaciones y los
adultos, y lo agradeceremos todos. Sólo así será posible avanzar
hacia lo que en 1998, y quizá, por desgracia todavía
hoy, parecía una utopía, pero no lo es: conseguir un
mundo sin drogas.
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Es bueno mantener como delito la posesión de "droga personal", y para castigarlo no es necesario recurrir a la cárcel, sino a castigos auténticamente pedagógicos y formativos, que ayuden a ver la maldad del acto y que promuevan el alejamiento del mismo.
Publicado por: Miguel Romero
Fecha: 2009-11-14 15:09:12
no creo que la mejor solucion a este problemama sea encarcelar a los que las usan lo mejor seria informar y prevenir sobre las concecuencia del uso de estas sustancias.