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Autor: P. Fernando Pascual | Fuente: Revista Sacerdos ¿Legalizar el “matrimonio homosexual”?
La legalización del “matrimonio homosexual",es, en buena parte, el resultado de tres grandes movimientos ideológicos y culturales.
¿Legalizar el “matrimonio homosexual”?
La legalización del “matrimonio homosexual”, a finales del mes de
junio de 2005, en España y en Canadá (ya había
sido aprobado anteriormente en los Países Bajos y Bélgica) es,
en buena parte, el resultado de tres grandes movimientos ideológicos
y culturales.
El primero arranca de la Revolución francesa, a partir
de quienes han considerado que el Estado debería regular cada
vez con mayor poder invasivo la realidad del matrimonio, hasta
el punto de arrogarse el poder de definir cuál sea
la esencia del matrimonio.
Por este motivo, en los últimos 200
años se han promulgado leyes que permiten el divorcio, y,
recientemente, leyes que regulan otras formas de convivencia, como las
así llamadas “parejas de hecho”, a las que se confiere
derechos similares a los que son propios del matrimonio. Como
última etapa en este proceso se ha llegado a la
pretensión de definir qué se entiende por matrimonio y de
legislar sobre lo que puede recibir este nombre, como si
se tratase de algo que puede cambiar según cambian los
gustos de la gente o las mayorías parlamentarias.
En realidad, el
matrimonio precede al Estado: es algo original y no sometido
a las decisiones de una dictadura o de un partido
político. El Estado, por lo tanto, no debería imponer leyes
arbitrarias sobre esta institución natural. Su competencia reguladora debería limitarse
a aclarar y dirimir aspectos sociales de las uniones matrimoniales,
para evitar abusos, para promover la convivencia y, sobre todo,
para proteger y fomentar las riquezas propias del matrimonio y
de la familia.
El segundo movimiento se ha desarrollado a partir
de la “ideología contraceptiva”, que ha llevado a vivir la
relación conyugal entre los esposos cada vez más como algo
desligado de la procreación. Especialmente a partir de la píldora
Pincus y de los siguientes productos anticonceptivos, las parejas han
podido vivir su sexualidad sin el “peligro” de que sean
concebidos nuevos hijos. La mentalidad anticonceptiva ha culminado con la
difusión del aborto, usado en no pocos casos como una
especie de “anticoncepción” de emergencia, sin olvidar que no pocos
métodos anticonceptivos pueden tener también efectos abortivos.
Cuando Pablo VI escribió,
en 1968, la encíclica Humanae vitae, intuyó los graves peligros
que, a la larga, nacerían si se generalizaba el uso
de anticonceptivos. Especialmente reconocía el peligro de que el hombre
perdiese el respeto hacia la mujer, y de que se
difundiese una mentalidad en la que la transmisión de la
vida fuese vista como algo opcional, sometido completamente a los
deseos humanos (inclusive de algunos gobiernos que pretendiesen controlar la
fertilidad de sus pueblos).
A estos abusos podríamos añadir, continuando las
reflexiones de Pablo VI, la difusión de un modo de
ver la sexualidad simplemente como búsqueda de placer sin respetar
su sentido original. Sólo cuando reconocemos la estrecha relación que
existe entre los significados unitivo y procreativo en el acto
sexual resplandece con toda su belleza la vida matrimonial.
Después de
más de 35 años, los resultados dan la razón a
la Humanae vitae. Es evidente el incremento de la promiscuidad
sexual entre jóvenes y adultos, de la mayor infidelidad de
los esposos, del divorcio, del aumento de los nacimientos fuera
del matrimonio, del dilagar de enfermedades de transmisión sexual. Además,
la sexualidad humana está siendo vista por muchos como algo
referido solamente al placer y a las opciones libres de
las personas, sin el horizonte de compromiso que es propio
del matrimonio, y sin abrirse a la procreación.
Las bajas tasas
de natalidad de los países ricos muestran el triunfo de
esta ideología anticonceptiva y preparan el “humus” en el que
se ha desarrollado el movimiento homosexual.
Encontramos así el tercer movimiento
ideológico que ha llevado a la nueva ley española: el
movimiento homosexual. Tal movimiento tiene su origen en las reivindicaciones
de algunos grupos de homosexuales que han conseguido un amplio
poder en el mundo de la cultura, de la comunicación,
de la política. Estos grupos ven la propia actividad sexual
como plenamente legítima en la vida social, y con derechos
a un reconocimiento idéntico al que se da a las
demás uniones matrimoniales aceptadas por el estado. De hecho, los
actos homosexuales naturalmente están cerrados a la vida, lo cual,
por culpa de los abusos de la anticoncepción, también ocurre
entre muchas parejas heterosexuales.
La fuerza de la ideología “gay”
es tal que han llegado a condicionar los estudios de
la psicología. En no pocos países resulta sumamente peligroso el
que algún psicólogo insinúe que la homosexualidad “se pueda curar”,
o manifieste la idea de que se podría ser tratada
como si fuese una “enfermedad”. Igual podemos decir de la
ética: declarar los actos homosexuales como algo inmoral conlleva el
riesgo de ser acusado de “homofobia” y puede ser motivo
de persecuciones y ataques de diverso tipo. La política también
ha quedado seriamente afectada: se presiona, estigmatiza, aísla o persigue
de distintas maneras a aquellos políticos que se oponen a
las reivindicaciones de los grupos “gay”. La Iglesia católica y
otras religiones son cada vez más criticadas en el mundo
de la cultura y en aquellos medios de comunicación que
avalan y promueven el “orgullo gay”.
Estos tres movimientos han cristalizado
en la nueva ley aprobada en España en junio de
2005 a petición del gobierno socialista. Según el preámbulo de
este texto legislativo, “la ley permite que el matrimonio sea
celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud
e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su
composición. En consecuencia, los efectos del matrimonio, que se mantienen
en su integridad respetando la configuración objetiva de la institución,
serán únicos en todos los ámbitos con independencia del sexo
de los contrayentes; entre otros, tanto los referidos a derechos
y prestaciones sociales como la posibilidad de ser parte en
procedimientos de adopción”.
En realidad, esta nueva ley no respeta la
“configuración objetiva de la institución” del matrimonio, sino que la
redefine, al desvincularla de lo que debe ser: la unión
de un hombre y una mujer abiertos a la vida
a través de la complementariedad sexual. La palabra “matrimonio” queda,
así, enmarcada en un nuevo contexto, en el cual el
origen del matrimonio no es el amor unido a la
complementariedad sexual de los contrayentes, sino sólo el amor o
el afecto que éstos, hombres con hombres, mujeres con mujeres,
hombres con mujeres, manifiesten entre sí.
El resultado, contrariamente a lo
que pretende el gobierno español y los grupos homosexuales que
lo apoyan, no va a ser la “conquista de un
derecho” o la supresión de una discriminación, sino el abajamiento
del “contrato matrimonial” a algo que seguirá recibiendo el nombre
de “matrimonio” sin serlo realmente. A lo sumo, sólo habrá
matrimonio en aquellas parejas heterosexuales que cumplan los requisitos que
hacen válida su unión esponsal, entre ellos la aceptación de
sus dos propiedades esenciales: unidad e indisolubilidad. No lo habrá,
aunque abusen del nombre, entre las parejas del mismo sexo.
Sobre
esta temática, la Congregación para la Doctrina de la fe
publicó en el año 2003 el documento Consideraciones acerca de
los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas
homosexuales, con la explícita aprobación del Papa Juan Pablo II.
Estas Consideraciones recordaban la doctrina católica y la reflexión racional
sobre el verdadero matrimonio, e invitaban a oponerse al reconocimiento
legal de las uniones entre personas homosexuales.
Entre las motivaciones de
orden racional que las Consideraciones (en el n. 6) ofrecen
para oponerse a tal reconocimiento, encontramos la siguiente: “En este
sentido es necesario reflexionar ante todo sobre la diferencia entre
comportamiento homosexual como fenómeno privado y el mismo como comportamiento
público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las
instituciones del ordenamiento jurídico. El segundo fenómeno no sólo es
más grave sino también de alcance más vasto y profundo,
pues podría comportar modificaciones contrarias al bien común de toda
la organización social”.
En otras palabras: dar estatuto de “matrimonio” a
las uniones homosexuales, y permitirles, entre otras cosas, el adoptar
niños, crea un enorme desorden social al ofrecer a la
gente la idea de que el comportamiento homosexual es no
sólo normal, sino incluso algo protegido y tutelado como un
“bien social”.
En realidad, en los actos homosexuales no se da
la presencia de aquellos elementos de complementariedad biológica y antropológica
que son propios del verdadero matrimonio. Esta complementariedad permite la
apertura a la vida y la creación de aquellas condiciones
ideales para educar a los propios hijos desde la riqueza
que nace de convivir con unos padres de distinto sexo.
Oponerse
con firmeza a leyes como esta, incluso con la objeción
de conciencia (Consideraciones n. 5), será un testimonio de respeto
hacia el verdadero matrimonio y a su papel en la
configuración de sociedades sanas y de personas maduras. Ello no
quita, desde luego, que los católicos, y especialmente los sacerdotes,
mantengamos una actitud pastoral de acogida y respeto hacia las
personas que tienen tendencias homosexuales, como recuerdan las Consideraciones (n.
4) citando la Carta sobre la atención pastoral a las
personas homosexuales, Carta publicada en 1986 por la misma Congregación
para la Doctrina de la fe.
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