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Autor: Joseph Card. Ratzinger | Fuente: Congregación para la doctrina de la fe Imposibilidad de conciliar la Fe cristiana y la Masonería. Joseph Card. Ratzinger
El 26 de noviembre de 1983 la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una declaración sobre las asociaciones masónicas. Su publicación puede ser útil ilustrar brevemente el significado de este documento.
Imposibilidad de conciliar la Fe cristiana y la Masonería. Joseph Card. Ratzinger
Reflexiones sobre la Declaración de la Congregación para la Doctrina
de la Fe. Publicación de L´Osservatore Romano (1).
Desde que la Iglesia
comenzó a pronunciarse acerca de la Masonería, su juicio negativo
sobre ésta ha estado inspirado en múltiples razones, prácticas y
doctrinales. La Iglesia no ha juzgado a la Masonería solamente
por ser responsable de actividad subversiva en contra suya, sino
que desde los primeros documentos pontificios sobre la materia, en
particular en la Encíclica Humanum genus de León XIII (20-4-1884),
el Magisterio de la Iglesia ha denunciado en la Masonería
ideas filosóficas y concepciones morales opuestas a la doctrina católica.
Para León XIII se trataba esencialmente de un naturalismo racionalista,
inspirador de sus planes y de sus actividades en contra
de la Iglesia. En su carta al pueblo italiano Custodi
(8-12-1892) escribía: «Recordemos que el cristianismo y la Masonería son
esencialmente inconciliables, al punto de que inscribirse en una significa
separarse del otro».
No se podía, por tanto, dejar de tomar
en consideración las posiciones de la Masonería desde el punto
de vista doctrinal, cuando en los años 1970-1980 la S.
Congregación mantenía correspondencia con algunas conferencias episcopales particularmente interesadas en
este problema, con motivo del diálogo sostenido entre personalidades católicas
y representantes de algunas logias que se declaraban no hostiles
o incluso favorables a la Iglesia.
Un estudio más a fondo
ha llevado a la S. Congregación para la Doctrina de
la Fe a reafirmarse en la convicción de la imposibilidad
de fondo para conciliar los principios de la Masonería y
los de la fe cristiana.
Prescindiendo, por lo tanto, de la
consideración del comportamiento práctico de las diversas logias, de la
hostilidad al menos en la confrontación con la Iglesia, la
Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, con su
declaración del 26-11-83, ha intentado colocarse en el nivel más
profundo y, por otra parte, esencial del problema: esto es,
en el plano de la imposibilidad de conciliar los principios,
y lo que ello significa en el plano de la
fe y de sus exigencias morales.
Partiendo de este punto de
vista doctrinal, en continuidad con la posición tradicional de la
Iglesia -como lo testimonian los documentos de León XIII arriba
citados-, se derivan seguidamente las necesarias consecuencias prácticas, que valen
para todos aquellos fieles que eventualmente estuvieren inscritos en la
Masonería.
En algunos sectores se ha dado por objetar, respecto de
las afirmaciones sobre la imposibilidad de conciliar los principios, que
sería esencial a la Masonería precisamente el hecho de no
imponer ningún «principio», en el sentido de una posición filosófica
o religiosa que sea obligatoria para todos sus miembros, sino
por el contrario de acoger a todos, más allá de
los límites de las diversas religiones y visiones del mundo,
hombres de buena voluntad basados en valores humanos comprensibles y
aceptados por todos.
La Masonería constituiría un punto de cohesión para
todos aquellos que creen en el Arquitecto del universo y
se sienten comprometidos en la lucha por aquellos ordenamientos morales
fundamentales que están definidos por ejemplo en el decálogo; la
Masonería no alejaría a nadie de su religión, sino por
el contrario constituiría un incentivo para un mayor compromiso.
Los múltiples
problemas históricos y filosóficos que se esconden en tales afirmaciones
no pueden ser discutidos aquí. Después del Concilio Vaticano II
ciertamente no es necesario subrayar que la Iglesia Católica alienta
una colaboración entre todos los hombres de buena voluntad. Sin
embargo, asociarse a la Masonería va evidentemente más allá de
esta legítima colaboración y tiene un significado de mucha mayor
relevancia y especificidad.
Antes que nada se debe recordar que la
comunidad de los «Liberi Muratori» y sus obligaciones morales se
presentan como un sistema progresivo de símbolos de carácter extremadamente
impositivo. La rígida disciplina del secreto que allí domina refuerza
a la postre el peso de la interacción de signos
e ideas. Para los inscritos este clima reservado comporta, entre
otras cosas, el riesgo de terminar siendo un instrumento de
estrategias para ellos desconocidas.
Incluso si se afirma que el
relativismo no se asume como un dogma, sin embargo se
propone de hecho una concesión simbólica relativista, y por lo
tanto el valor relativizante de tal comunidad moral-ritual, lejos de
poder ser eliminado, resulta por el contrario determinante.
En tal contexto,
las diversas comunidades religiosas a las que pertenecen los miembros
de las logias no pueden ser consideradas sino como simples
institucionalizaciones de un anillo más amplio e inasible. El valor
de esta institucionalización se muestra, por tanto, inevitablemente relativo, respecto
a esta verdad más amplia, la cual se manifiesta más
fácilmente en la comunidad de la buena voluntad, esto es
en la fraternidad masónica.
Aun así, para un cristiano católico
no es posible vivir su relación con Dios de una
manera doble, es decir, escindiéndola en una forma humanitario-supraconfesional y
en una forma interior-cristiana. Éste no puede cultivar relaciones de
dos tipos con Dios, ni expresar su relación con el
Creador por medio de formas simbólicas de dos especies. Ello
sería algo completamente distinto a aquella colaboración, que le es
obvia, con todos aquellos que están comprometidos en la realización
del bien, aunque partan de principios diversos. Por otro lado,
un cristiano católico no puede al mismo tiempo participar de
la plena comunión de la fraternidad cristiana y, por otra
parte, mirar a su hermano cristiano, desde la perspectiva masónica,
como a un «profano».
Incluso si, como ya se ha dicho,
no hubiese una obligación explícita de profesar el relativismo como
doctrina, aún así la fuerza relativizante de una tal fraternidad,
por su misma lógica intrínseca, tiene en sí la capacidad
de transformar la estructura del acto de fe de un
modo tan radical que no sea aceptable por parte de
un cristiano «que ama su fe» (León XIII).
Este trastorno en
la estructura fundamental del acto de fe se da, además,
usualmente de un modo suave y sin ser advertido: la
sólida adhesión a la verdad de Dios, revelada en la
Iglesia, se convierte en una simple pertenencia a una institución,
considerada como una forma representativa particular junto con otras formas
representativas, a su vez más o menos posibles y válidas,
de cómo el ser humano se orienta hacia las realidades
eternas.
La tentación de ir en esta dirección es hoy tanto
más fuerte cuanto que ésta corresponde plenamente a ciertas convicciones
predominantes en la mentalidad contemporánea. La opinión de que la
verdad no puede ser conocida es característica de su crisis
general.
Precisamente considerando todos estos elementos, la declaración de la S.
Congregación afirma que la inscripción en la masonería «permanece prohibida
por la Iglesia» y los fieles que se inscriben en
ella «están en estado de pecado grave y no pueden
acceder a la Santa Comunión».
Con esta última expresión, la S.
Congregación indica a los fieles que tal inscripción constituye objetivamente
un pecado grave y, precisando que los que se adhieren
a una asociación Masónica no pueden acceder a la S.
Comunión, quiere iluminar la conciencia de los fieles sobre una
grave consecuencia a la que deben llegar en caso de
adherirse a una logia masónica.
La S. Congregación declara, finalmente, que
«no le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre
la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que
implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido». Con
este fin el texto hace también referencia a la declaración
del 17 de febrero de 1981, que ya reservaba a
la Sede Apostólica todo pronunciamiento sobre la naturaleza de estas
asociaciones que implicase la derogación de la ley canónica entonces
vigente (can. 2335).
Igualmente, el nuevo documento emitido por la S.
Congregación para la Doctrina de la Fe en noviembre de
1983 expresa idénticas intenciones de reserva en relación a pronunciamientos
que no coincidan con el juicio aquí formulado sobre la
imposibilidad de conciliar los principios de la masonería con la
fe católica, sobre la gravedad del acto de inscribirse en
una logia y sobre la consecuencia que de ello se
derive para el acceso a la Santa Comunión. Esta disposición
indica que, no obstante la diversidad que pueda subsistir entre
las obediencias masónicas, en particular en cuanto a su postura
declarada hacia la Iglesia, la Sede Apostólica vuelve a encontrar
en ellos principios comunes que piden una misma valoración por
parte de todas autoridades eclesiásticas.
Al hacer esta declaración, la S.
Congregación para la Doctrina de la Fe no ha pretendido
desconocer los esfuerzos realizados por quienes, con la debida autorización
de este dicasterio, han buscado establecer un diálogo con representantes
de la Masonería. Pero, desde el momento en que existía
la posibilidad de que se difundiese entre los fieles la
errada opinión de que ahora ya era lícita la adhesión
a una logia masónica, ha considerado como su deber hacer
de su conocimiento el pensamiento auténtico de la Iglesia sobre
este asunto y ponerlos en guardia ante una pertenencia incompatible
con la fe católica.
En efecto, sólo Jesucristo es el Maestro
de la Verdad y sólo en Él pueden los cristianos
encontrar la luz y la fuerza para vivir según el
designio de Dios, trabajando por el verdadero bien de sus
hermanos.
1. * L´Osservatore Romano, edición en italiano, 23 de febrero
de 1985, p. 1
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