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Autor: P. Juan Carlos Sack, VE | Fuente: Instituto del Verbo Encarnado Disciplina eclesiástica del celibato sacerdotal
Breve exposición histórica desde el Nuevo Testamento a nuestros días
Disciplina eclesiástica del celibato sacerdotal
Uno de los asuntos de los cuales más se
habla en algunos ambientes eclesiásticos (y no eclesiásticos), y hacia
el cual más de una denominación cristiana orienta sus críticas,
es la disciplina actual de la Iglesia Católica según la
cual quien se acerca a las Sagradas Ordenes (sacerdocio) debe
profesar votos de castidad perpetua (celibato).
Digamos desde un primer momento
que se trata de una disciplina eclesiástica sujeta a cambio,
que de hecho cambió y puede, teóricamente, seguir cambiando. No
se trata de un dogma de fe. La hermana Iglesia
Ortodoxa, que ordena sacerdotes "válidamente" según el juicio de la
Iglesia Católica, admite hombre casados al sacerdocio. Es más, la
misma Iglesia Católica en los países donde predomina el rito
Bizantino (por ejemplo en Ucrania, por mencionar uno) ordena sacerdotes
a hombres casados, los cuales continúan viviendo vida matrimonial después
de la ordenación.
Pero al mismo tiempo la Iglesia cree
que el celibato sacerdotal es un don de Dios, y
que hoy por hoy sería un error cambiar la legislación
actual. Y la bimilenaria Iglesia tiene sus buenos motivos.
Expongo
aquí sucintamente algunos pensamientos sobre el tema. No se trata
de un tratado exhaustivo, sino apenas un resumen, algo que
el laico sencillo pueda entender sin mayores estudios teológicos y
sin necesidad de recurrir a gruesos tratados de historia de
la Iglesia.
Dejamos de lado las muchas razones de orden
teológico y pastoral que evidencian la oportunidad de esta disciplina
(y que son en verdad cuantiosas y de no poca
monta), y vemos solamente el proceso histórico de esta decisión.
Es decir, el presente escrito no responde a todas la
preguntas sobre el tema ni es una defensa acabada del
celibato, sino que trata de responder a la pregunta: ¿de
dónde proviene esta práctica en la Iglesia Católica? ¿Cómo fue
evolucionando el asunto? ¿Fue siempre así como lo conocemos hoy?
Quien quiera profundizar sobre los motivos de orden teológico que
han llevado a la Iglesia por el camino del celibato
sacerdotal, puede leer con provecho la magistral encíclica de Pablo
VI "Sacerdotalis Caelibatus", entre otros muchos esclarecedores documentos de la
Iglesia.
En el Nuevo Testamento
Para entender el motivo último
de esta práctica eclesiástica y valorar los alcances profundos
de la misma hay que leer y meditar Mateo 19:10-12
y, sobretodo, el capítulo 7 de la primera carta de
San Pablo a los Corintios. Estos textos dan "el espíritu"
que late tras la legislación del celibato sacerdotal. Leyendo estos
pasajes, el fiel entiende que se trata de una vocación
de Dios, en vistas al Reino de Dios, y que
sólo sin razonar puede alguien rápidamente afirmar que "es un
invento de los curas"; en efecto, más allá de la
disciplina eclesiástica, que puede cambiar y de hecho fue cambiando
con el paso del tiempo, sin embargo quedarán siempre en
pié aquellas claras palabras del apóstol: "el célibe se ocupa
de los asuntos del Señor…, mientras que el casado de
los asuntos del mundo… y está dividido" (1 Cor 7).
Si perdemos de vista estos textos bíblicos, perdemos de vista
el centro de la cuestión.
En la evolución histórica de
la legislación celibataria pueden distinguirse (y somos conscientes de simplificar
demasiado las cosas) tres momentos principales:
a) de los comienzos
al siglo IV; b) del siglo IV al XII; c) del siglo
XII a nuestros días.
a) La comunidad apostólica y los
tres primeros siglos de la Iglesia
Hay algunos textos ya
en los escritos del Nuevo Testamento que nos ilustran sobre
la situación de la Iglesia primitiva en esta materia. San
Pablo pide que los obispos y diáconos sean "casados una
sola vez", o "maridos de una sola mujer" (I Tim
3:2.12; Tito 1:6). Esto, en un primer momento, como se
apresuran a hacérnoslo saber algunos hermanos evangélicos, parecería excluir la
idea de un sacerdote u obispo "célibe". Ahora bien, no
debemos olvidar que el mismo Pablo nos hablaba de la
conveniencia de "no estar divididos" (es decir, no estar casados),
y agregaba que él quisiera que "todos fuesen como él"
(1Cor 7:7-8), dejando claro que él mismo no tenía mujer,
y que prefería - ciertamente no imponía - que el
servidor de Dios tampoco la tuviese (incluye también la virginidad
femenina, como camino ideal de quien quiera servir a Dios
con corazón indiviso). Es decir, lo que San Pablo pedía
con "que sean de una sola mujer" no era que
necesariamente se casaran y tuvieran al menos una mujer -
como lo interpretan algunos cristianos, lo cual sería exactamente lo
contrario de todo lo que el mismo Pablo escribió en
1Cor 7 - sino que no sean personas que lleven
una vida disoluta, con varias mujeres, o que se hayan
casado más de una vez. Se trata de una orden
que señala un límite (no más de una mujer), y
no una obligación (al menos una mujer).
Es por otro
lado obvio que en el comienzo de la predicación cristiana,
cuando el celibato no era un estado admitido en la
sociedad, los Apóstoles no esperasen encontrar hombres célibes en número
suficiente para regir las numerosas comunidades cristianas que iban surgiendo,
pues simplemente no los había, y no se podía pensar
que el deseo de Pablo de que el servidor sea
célibe fuese inmediatamente aceptado y practicado en toda la Iglesia.
No había entonces seminarios: había que fundar las comunidades cristianas
con la predicación, y para ello se escogía a los
hombres más capacitados en ese momento. Por ello Pablo exige
al menos lo indispensable, a saber, que no sean libertinos,
o que no hayan tenido ya varias mujeres. Incluso es
de admirarse que, en ese ambiente naturalmente contrario a la
abstención sexual, Pablo haya tenido la claridad y el valor
de predicar que "es mejor no casarse". Sus palabras son
sin duda de un gran calibre profético.
Lo mismo cabe
decir de los textos donde Pablo señala que "si el
obispo no es capaz de ordenar su propia casa, cómo
será capaz de ordenar la iglesia". No está diciendo que
los candidatos deben ser necesariamente casados, y que un célibe
no puede ejercer ese cargo, sino que el candidato, que
debía ser una persona de cierta edad y experiencia, y
por lo tanto bien casado, debía dar muestras de buen
gobierno de su propia familia antes de querer gobernar a
la Iglesia de Dios.
Esta fue la práctica de la
Iglesia durante los primeros siglos, a saber, admitía los candidatos
casados a las ordenes sagradas, siempre y cuando diesen testimonio
de un matrimonio vivido de manera irreprensible; al mismo tiempo,
y siguiendo las enseñanzas de Jesús y de Pablo de
las que hemos hablado más arriba, siempre fue estimado por
todas las iglesias el don del celibato por el Reino
de los Cielos, y es lógico pensar que muchos comenzaba
ya a vivir ese estado de vida tan particular. En
otras palabras, había ministros casados y ministros célibes, aunque no
podemos determinar la cantidad y la proporción con respecto a
los casados, o los oficios que se reservaban a unos
u a otros, etc. Además, las costumbres de las distintas
iglesias locales eran diversas en este sentido, aunque los principios
que enunciamos eran respetados en todos lados.
Recordemos que a
la hora de acudir a los documentos escritos, no es
mucho lo que de aquella lejana historia podemos asegurar con
ciencia cierta en el campo que vamos tratando. Algunos estudiosos,
por ejemplo, se inclinan a pensar que, si bien no
era obligatorio, la mayoría de las iglesias locales, tal vez
celosas de las palabras del Apóstol, guardaban la costumbre de
admitir a las órdenes sagradas preferiblemente a los célibes.
Antes
de seguir adelante señalo aquí una observación que hay que
tener muy en cuenta a la hora de "datar" las
enseñanzas o las prácticas de la Iglesia: cuando un concilio
o un Papa legislan o definen una determinada doctrina, no
quiere decir que esa doctrina haya sido "introducida" en la
Iglesia en ese tiempo, sino más bien que se trata
de algo que ya existía, y sobre lo que sólo
ahora parece necesario legislar. Demos un ejemplo más reciente: si
un historiador del siglo veintiséis leyese en los libros de
historia que fue recién Juan Pablo II en el siglo
veinte quién definió solemnemente sobre la imposibilidad de la ordenación
sacerdotal de mujeres, ¿podría él concluir legítimamente que la doctrina
católica de la no-validez de la ordenación de mujeres fue
"introducida en la Iglesia" sólo en el siglo veinte? Se
equivocaría si así pensase nuestro imaginario historiador, pues la decisión
de Juan Pablo II no es una "innovación", sino una
"explicitación" de una doctrina mantenida desde siempre, pero sobre la
cual no había necesidad de legislar con anterioridad, pues era
mantenida por la totalidad de los fieles. Algo similar sucede
con la "legislación" sobre el celibato sacerdotal: que se haya
legislado recién en los siglos III o IV no quiere
decir que el tema era desconocido antes. Este principio se
aplica a muchas definiciones dogmáticas que algunos se apresuran a
ver como "innovaciones" de la Iglesia, cuando en realidad no
son sino un explicitar lo que ya se venía creyendo
con anteriorida (así el dogma del primado del Obispo de
Roma, la Asunción de la Virgen, y tantas otras doctrinas).
b) Del siglo IV al XII
Si bien es probable
que las iglesias locales hayan legislado sobre esta materia con
anterioridad, lo que nos ha llegado de más antiguo son
las decisiones del Concilio de Elvira (entre los años 295
y 302), que fue un concilio de obispos de las
tierras que hoy son España. Dicho Concilio manda que los
obispos, sacerdotes y diáconos admitidos a las órdenes sean célibes,
o bien dejen a sus legítimas mujeres si quieren recibir
las sagradas ordenes. Esta práctica no fue reglamentada de igual
modo en las iglesias del mundo oriental (Asia Menor), que
no impedían a los obispos y sacerdotes ordenados seguir en
comunión con sus respectivas esposas. En occidente, por el contrario,
la predicación de los grandes pastores del siglo IV y
V testimonia decididamente una clara preferencia por el sacerdocio celibatario.
Se pueden encontrar testimonios históricos de la existencia en occidente
de sacerdotes que vivían con sus esposas, pero eran los
que se encontraban "en el campo", lejos de sus obispos,
o por otras razones.
También tenemos un testimonio del año
386: el concilio romano convocado por el Papa Siricio, que
prohibía a los sacerdotes continuar relaciones con sus ex-mujeres.
En
realidad las leyes variaban de un lugar a otro; no
olvidemos las grandes distancias que había que recorrer en aquellos
tiempos para comunicarse, de modo que las decisiones de una
iglesia local tardaban tal vez años en llegar a oídos
de las otras iglesias. No era raro que, a pesar
de las indicaciones de los concilios y de la preferencia
popular del pueblo por los sacerdotes célibes, algunos tomasen mujer;
en muchas de las iglesias esto era motivo suficiente para
impedir que un diácono o sacerdote fuera ordenado obispo u
ocupara un puesto de cierta importancia.
Concilios del siglo VI
y VII reglamentan explícitamente que los obispos "deben" dejar a
sus esposas una vez ordenados, mientras que para los sacerdotes
y diáconos parecería no "exigirse" la separación.
Aún en el
siglo VIII encontramos que el Papa Zacarías no quería aplicar
a todas las iglesias locales las costumbres más propias de
algunas, de modo que cada una podía legislar como le
parecía más oportuno (respuesta al Rey Pepino).
Y hubo tiempos
de particular decadencia en la historia, cultura y religiosidad del
mundo cristiano europeo (la que dio en llamarse "Edad de
Hierro"), cuando muchos obispos, sacerdotes y diáconos tomaban mujeres y
engendraban hijos, a los cuales podían heredar sus posesiones. Curiosamente,
a pesar de estas "costumbres" poco admirables, el celibato nunca
dejó de tener, a veces más a veces menos, su
lugar privilegiado en la enseñanza y en la legislación de
la Iglesia de occidente.
Lo que nunca se aceptó en
ningún lado fue que un ordenado pudiese casarse. El casado
podía ordenarse, pero el ordenado no podía casarse.
c) Del
siglo XII a nuestros días
Recién en el año 1123,
con el primer concilio Laterano, se reglamentó que el candidato
a las órdenes debe abstenerse de mujer, y que el
matrimonio de una persona ordenada era inválido, de modo que
todo trato con mujer una vez recibida la ordenación pasaba
a ser simple concubinato. En este espíritu reglamentarían todos los
Concilios posteriores. Es claro que no inmediatamente la ley se
puso en práctica en todos lados, pero poco a poco
fue cobrando fuerza de costumbre en todas las iglesias de
occidente.
En nuestro días, esta doctrina encuentra muchos adversarios, pero
como vimos, no es nada nuevo. La Iglesia no define
el celibato como una necesidad absoluta, pero lo ve como
el mejor medio para que el siervo de Dios y
de su pueblo pueda actuar "sin divisiones".
Nadie está obligado
a ser célibe
Finalmente digamos que en este tema
hay que saber hablar con exactitud, ya que el mal
uso de las palabras entorpece el diálogo y no ayuda
a ver la realidad de las cosas.
Se oye con
frecuencia expresiones de este tipo: "La Iglesia impone a los
sacerdotes el celibato", o bien en forma interrogativa: "¿Porqué los
sacerdotes no se pueden casar?". Si bien se entiende que
el celibato es una reglamentación eclesiástica, una "ley" de la
Iglesia, sin embargo no me parece que sea del todo
correcto hablar de "imponer" el celibato, o de "obligar" al
mismo. En la Iglesia Católica nadie está obligado a ser
célibe, porque nadie está obligado a ser sacerdote. Me explico:
Por los motivos ya enunciados en el Nuevo Testamento y
que hemos sugerido más arriba y por muchos otros motivos
de mucho peso, a la Iglesia de Cristo de los
últimos mil años le ha parecido bien considerar la vocación
al sacerdocio y la vocación al celibato como una única
vocación. (Esto no impide que alguien pueda ser también célibe,
temporalmente o de por vida, por otros motivos o fuera
del sacerdocio). El punto principal aquí es en realidad el
siguiente: la vocación sacerdotal es un llamado gratuito de Dios
para su Iglesia, y no un derecho personal del candidato.
No sucede con el sacerdocio lo que sucede con otras
profesiones humanas, a las cuales "tengo derecho": la Iglesia, al
unir "sacerdocio" con "celibato" no está "imponiendo nada a nadie",
porque nadie tiene que ser sacerdote; más bien hay que
decir que al obrar así está ejerciendo un "derecho" dado
por Dios mismo a su Iglesia de determinar ciertos aspectos
disciplinares del oficio sacerdotal. De hecho es precisamente la Iglesia
la que ordena sacerdotes para destinarlos al servicio divino. Si
no fuera así, ¿en qué quedaría el sacerdocio? ¿cuál sería
su finalidad? ¿sería cada uno sacerdote según su propio parecer?
En la Iglesia hay cientos de maneras de servir al
pueblo de Dios, y si alguien cree que es llamado
a ocupar un lugar activo en la Iglesia - ¡y
en verdad todos lo estan! -, pero a la vez
cree que no está llamado al celibato, sepa que puede
ocupar ese lugar según el don que Dios le dio,
sujetandose al parecer de la Iglesia, y no debe buscar
a toda costa "ser sacerdote". El sacerdocio es un oficio
sagrado de la Iglesia en bien de la Iglesia, y
es ella la que determina, en los diversos períodos históricos
de su vida, de qué manera conviene mejor ejercer este
oficio. El candidato al sacerdocio tiene largos años para reflexionar
y prepararse. No creo que sea lícito hablar de "obligación"
en sentido de "imposición forzada".
Demás está decir que para
ello la Iglesia debe saber preparar a los candidatos debidamente,
de modo que puedan aprender a vivir una vida tan
particular; en esto está el secreto del "éxito" del sacerdote
célibe. Pero ese es otro tema.
P. Juan Carlos Sack Instituto
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