5 causas por las que se puede declarar nulo un Matrimonio
Por: Cynthia Fabila | Fuente: Desde la Fe
En el caso del Matrimonio sacramental existen situaciones que pueden evitar que una unión sea válida, son conocidos como impedimentos. Entre ellos están la falta de edad apropiada, un vínculo matrimonial anterior o el parentesco.
En esas situaciones, la Iglesia reconoce que si la pareja tuvo problemas derivados de estas condiciones y decide que ya no quiere estar unida, el Tribunal Eclesiástico puede iniciar un estudio detallado de cada caso para determinar si el Matrimonio sacramental, por las condiciones en que se contrajo, en realidad nunca existió.
“Los impedimentos son limitaciones que se imponen por ley natural, derecho divino o por ley eclesiástica para poder contraer Matrimonio”, explica la Lic. Paula Reyes Ibáñez, auditor del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México.
1. Disparidad de cultos
El impedimento más común es cuando una persona católica se casa con alguien de otra religión. “Cuando existen estas uniones, antes de casarse se tiene que pedir una dispensa ante el ordinario del lugar, que se concede después de que la persona no católica se compromete a respetar a su pareja a practicar el catolicismo, y en su momento, a educar y formar a los hijos en esta fe”.
2. Una unión anterior
Otro de los impedimentos es el de ligamen o bigamia, es decir, que la persona ya estuviera casada con otra persona anteriormente por la Iglesia
Lamentablemente, hay casos de personas que llegan al Tribunal Eclesiástico por sospechar que su esposo ya tenía una unión previa. “Por lo regular las mujeres son las que lo solicitan. Aquí también interviene el derecho fundamental de la unidad y de la exclusividad”, explica.
3. Por edad
Existe también el impedimento por edad, pues el Derecho Canónico establece límites específicos tanto para hombres como para mujeres.
4. Por parentesco
La Licenciada Paula Reyes apunta que también hay impedimentos de consanguinidad de primer grado, es decir, que un padre no puede contraer Matrimonio con su hija o con su nieta; tampoco se permite el de segundo grado que es entre hermanos, ni en el tercer grado con tíos-sobrinos. Sin embargo, un Obispo puede otorgar una dispensa cuando se comprueba que el parentesco es lejano, precisa la auditor.
5. Voto religioso
Tampoco puede considerarse un Matrimonio como válido cuando una de las personas realizó previamente un voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso o si una de las personas que se casó lo hizo porque fue raptada.
Existen casos más complejos como el de la impotencia sexual, previa al Matrimonio y permanente, en ese caso si la pareja lo desea se puede iniciar un proceso de nulidad matrimonial.