Escatología
7. El consorcio vital de todos los miembros de la Iglesia en Cristo
Por: Comisión Teológica Internacional | Fuente: Comisión Teológica Internacional

7.1. La eclesiología de comunión que es muy característica del Concilio Vaticano II, cree que la comunión de los santos, o sea, la unión en Cristo, de los hermanos, la cual consiste en vínculos de caridad, no se interrumpe por la muerte, «antes bien, según la perenne fe de la Iglesia, se fortalece con la comunicación de bienes espirituales»(567). La fe da a los cristianos que viven en la tierra, «la posibilidad de comunicar con los queridos hermanos ya arrebatados por la muerte»(568). Esta comunicación se hace por las diversas formas de oración.
Un tema muy importante en el Apocalipsis de Juan está constituido por la liturgia celeste. Las almas de los bienaventurados participan en ella. En la liturgia terrena, sobre todo «al celebrar [...] el sacrificio Eucarístico, nos unimos sumamente al culto de la Iglesia celeste, comunicando y venerando la memoria, en primer lugar, de la gloriosa siempre Virgen María, pero también del bienaventurado José y de los bienaventurados Apóstoles y Mártires y todos los Santos»(569). Realmente cuando se celebra la liturgia terrena, se manifiesta la voluntad de unirla con la celeste. Así en la anáfora romana, esta voluntad aparece, no sólo en la oración «Reunidos en comunión» (al menos en su forma actual), sino también en el paso del prefacio al canon y en la oración «Te rogamos humildemente», donde se pide que la oblación terrena sea llevada al sublime altar del cielo.
Pero esta liturgia celeste no consiste sólo en la alabanza. Su centro es el Cordero que está en pie como degollado (cf. Apoc 5, 6), es decir, «Cristo Jesús, el que murió; más aún el que resucitó, el que está a la diestra de Dios, y que intercede por nosotros» (Rom 8, 34; cf. Heb 7, 25). Porque las almas de los bienaventurados participan de esta liturgia de intercesión, tienen también en ella cuidado de nosotros y de nuestra peregrinación, «como quiera que interceden por nosotros y con su fraterna solicitud ayudan grandemente nuestra flaqueza»(570). Porque en esta unión de la liturgia celeste y terrena nos hacemos conscientes de que los bienaventurados oran por nosotros, «conviene [...] sumamente que amemos a estos amigos y coherederos de Jesucristo, hermanos también y eximios bienhechores nuestros, [y] que demos a Dios las debidas gracias por ellos»(571).
Ulteriormente la Iglesia nos exhorta con empeño a «invocarlos con nuestras súplicas y recurrir a sus oraciones, ayuda y auxilio para impetrar beneficios de Dios por medio de su Hijo Jesucristo Señor nuestro, que es el único Redentor y Salvador»(572). Esta invocación de los santos es un acto por el que el fiel se entrega confiadamente a la caridad de ellos. Por ser Dios la fuente de la que toda caridad se difunde (cf. Rom 5, 5), toda invocación de los santos es reconocimiento de Dios, como fundamento supremo de la caridad de ellos y tiende, en último término, a Él.
7.2. La idea de evocación de los espíritus es completamente distinta del concepto de invocación. El Concilio Vaticano II que recomendó invocar las almas de los bienaventurados, recordó también los principales documentos emanados del magisterio de la Iglesia «contra cualquier forma de evocación de los espíritus»(573). Esta prohibición constante tiene origen bíblico ya en el Antiguo Testamento (Dt 18, 10-14; cf. también Ex 22, 17; Lv 19, 31; 20, 6. 27). Es muy conocido el relato de la evocación del espíritu de Samuel (´obot), realizada por el rey Saúl (1 Sam 28, 3-25), a la que la Escritura atribuye el rechazo, más aún la muerte de Saúl: «Saúl murió a causa de la infidelidad que había cometido contra Yahveh, porque no guardó la palabra de Yahveh y también por haber interrogado y consultado a una nigromante, en vez de consultar a Yahveh, por lo que le hizo morir y transfirió el reino a David, hijo de Jesé» (1 Cron 10, 13-14). Los apóstoles mantienen esta prohibición en el Nuevo Testamento en cuanto que rechazan todas las artes mágicas (Hech 13, 6-12; 16, 16-18; 19, 11-20).
En el Concilio Vaticano II, la Comisión doctrinal explicó qué se entiende con la palabra «evocación»: ésta sería cualquier método «por el que se intenta provocar con técnicas humanas una comunicación sensible con los espíritus o las almas separadas para conseguir diversas noticias y diversos auxilios»(574). Este conjunto de técnicas se suele designar generalmente con el nombre de «espiritismo». Con frecuencia -como se dice en la respuesta citada- por la evocación de los espíritus se pretende la obtención de noticias ocultas. En este campo, los fieles han de remitirse a lo que Dios ha revelado: «Tienen a Moisés y a los profetas; que les oigan» (Lc 16, 29). Una curiosidad ulterior sobre cosas posmortales es insana y, por ello, se ha de reprimir.
No faltan hoy sectas que rechazan la invocación de los santos, realizada por los católicos, apelando a su prohibición bíblica; de esta manera, no la distinguen de la evocación de los espíritus. Por nuestra parte, a la vez que exhortamos a los fieles a invocar a los santos, debemos enseñarles la invocación de los santos de manera que no ofrezca a las sectas ocasión alguna para tal confusión.
7.3. Con respecto a las almas de los difuntos que después de la muerte necesitan todavía purificación, «la Iglesia de los peregrinos desde los primeros tiempos del cristianismo [...] ofreció también sufragios por ellos»(575). Cree, en efecto, que para esa purificación «les aprovechan los sufragios de los fieles vivos, tales como el sacrificio de la Misa, oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que los fieles acostumbran practicar por los otros fieles, según las instituciones de la Iglesia»(576).
7.4. La «Institución general del Misal romano» después de la renovación litúrgica posconciliar explica muy bien el sentido de este múltiple consorcio de todos los miembros de la Iglesia, que alcanza su culminación en la celebración litúrgica de la Eucaristía: por las intercesiones «se expresa que la Eucaristía se celebra en comunión con toda la Iglesia tanto celeste como terrena, y que la oblación se hace por ella y todos sus miembros vivos y difuntos, los cuales están llamados a participar de la redención y de la salvación adquirida por el Cuerpo y la Sangre de Cristo»(577).

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