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El Orden Sacerdotal

Efectos, ministros y sujetos del Orden
Con este sacramento se reciben varios efectos de orden sobrenatural que le ayudan al cumplimiento de su misión.


Por: Cristina Cendoya de Danel | Fuente: Catholic.net



Efectos



Con este sacramento se reciben varios efectos de orden sobrenatural que le ayudan al cumplimiento de su misión.

El carácter indeleble, que se recibe en este sacramento, es diferente al del Bautismo y el de la Confirmación, pues constituye al sujeto como sacerdote para siempre. Lo lleva a su plenitud sacerdotal, perfecciona el poder sacerdotal y lo capacita para poder ejercer con facilidad el poder sacerdotal.

Todo esto es posible porque el carácter configura a quien lo recibe con Cristo. Lo que hace que el sacerdote se convierta en ministro autorizado de la palabra de Dios, y de ese modo ejercer la misión de enseñar. Así mismo, se convierte en ministro de los sacramentos, en especial de la Eucaristía, donde este ministerio encuentra su plenitud, su centro y su eficacia, y de este modo ejerce el poder de santificar. Además, se convierte en ministro del pueblo, ejerciendo el poder de gobernar.

Otro efecto de este sacramento es la potestad espiritual. En virtud del sacramento, se entra a formar parte de la jerarquía de la Iglesia, la cual podemos ver en dos planos. Una, la jerarquía del Orden, formada por los obispos, sacerdotes y díaconos, que tiene como fin ofrecer el Santo Sacrificio y la administración de los sacramentos. Otra es la jerarquía de jurisdicción, formada por el Papa y los obispos unidos a él. En este caso, los sacerdotes y los diáconos entran a formar parte de ella, mediante la colaboración que prestan al Obispo del lugar.

Por ser sacramento de vivos, aumenta la gracia santificante y concede la gracia sacramental propia, que en este sacramento es una ayuda sobrenatural necesaria para poder ejercer las funciones correspondientes al grado recibido.



Ministro y Sujeto



Cristo eligió a doce apóstoles, entre sus numerosos discípulos, haciéndoles partícipes de su misión y de su autoridad. Desde entonces hasta hoy es Cristo quien otorga a unos el ser Apóstoles y a otros ser pastores.

Por lo tanto, el ministro del Sacramento del Orden es el Obispo, descendiente directo de los Apóstoles. Los obispos válidamente ordenados, es decir que están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los tres grados del sacramento del orden. Así consta en los Concilios de Florencia y de Trento.

“Dado que el sacramento del Orden es el sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos, en cuanto sucesores de los Apóstoles, transmitir el don espiritual; la semilla apostólica”. (Catec. n. 1576).

Para que se administre válidamente, solamente se necesita que el obispo tenga la intención de hacerlo y que cumpla con el rito externo de la ordenación. No importa la condición en que se encuentre el obispo.

En cuanto a la licitud de la ordenación, para ordenar a un obispo se requiere ser obispo y poseer una constancia del mandato del Su Santidad, el Papa. En la ordenación de obispos, además del ministro, se necesita que estén presente otros dos obispos.

Para ordenar lícitamente a los presbíteros y los diáconos, el ministro es el propio Obispo o en su defecto, cualquier otro Obispo autorizado por el Ordinario del lugar. Además debe de corroborar que el candidato sea idóneo, de acuerdo a las normas del derecho. Cuando la ordenación es realizada por un Obispo que no es el propio, debe de cerciorarse mediante Cartas Testimoniales. Además el ministro debe de estar en estado de gracia.

Para poder recibir válidamente este sacramento, el sujeto es “todo varón bautizado”. (Cfr. CIC c. 1024). El sujeto debe de tener la intención de recibirlo y haberla manifestado. Se le llama intención habitual a la que tenía antes y de la cual no se retractó. En la práctica será intención actual, en el momento de recibirlo, pues está dispuesto a recibirlo y a cambiar de estado de vida, adquiriendo nuevas obligaciones. Debe recibirlo en total libertad, pues sino la intención no existe y la ordenación es nula y las obligaciones dejan de existir.

En la actualidad, existe una corriente muy fuerte que propugna por la ordenación al sacerdocio de las mujeres. La Iglesia siempre ha enseñado que Jesucristo escogió a hombres para continuar su misión redentora. Todos los Apóstoles eran varones. La Iglesia no tiene ningún poder para cambiar la esencia de los sacramentos que Cristo estableció. En 1994, el Papa, Juan Pablo II, en su Carta Apostólica sobre la Ordenación Sacerdotal reservada sólo a los hombres nos dice: “Con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a mis hermanos (cfr. Lucas 22, 32), declaró que la Iglesia no tiene modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia”. Con esto queda definitivamente aclarada la cuestión.

Por otro lado, sí el sacerdote tiene que representar a Cristo, tiene que tener una cierta semejanza natural con Él para poder celebrar la Santa Misa y la Eucaristía. Cristo es hombre.

Quienes por este motivo dicen que la Iglesia rebaja la dignidad de la mujer, están equivocados, el ejemplo lo tenemos en la Santísima Virgen María. Para la Iglesia el hombre y la mujer tienen la misma dignidad.









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