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Primer Concilio de Letrán. Año 1123
IX concilio ecuménico. Papa Calixto II. Contra las investiduras


Por: n/a | Fuente: www.mercaba.org



Papa Calixto II. Contra las investiduras. Ratific? arreglo entre el papa Calixto II y el emperador Enrique V. Es conocido con el nombre de Concordato de Worms, referente a las investiduras eclesi?icas. Propuso a los pr?ipes cristianos emprender las cruzadas.

El noveno Concilio Ecum?co, primero de Letr? tuvo que afrontar, entre otros, el grav?mo problema de las "investiduras". A partir del siglo cuarto la Iglesia y el Estado fueron estrechando sus relaciones y lo mismo sucedi?n los pueblos b?aros a medida que iban abrazando el Cristianismo. Esta situaci?i bien era ben?ca para el orden civil como para el religioso, sin embargo, en el correr de los siglos surgieron graves dificultades y en especial para la Iglesia.

Los reyes fueron transmitiendo cierta autoridad pol?ca a los obispos y abades de monasterios en el ?ito de sus jurisdicciones religiosas, y a??los de nobleza. Todo esto trajo una intervenci?irecta de los laicos en asuntos totalmente eclesi?icos, como: el nombramiento de obispos y abades, y a?a entrega del b?lo y del anillo, propios del cargo; en esto consist?el derecho de investidura laical. Hubo muchos abusos derivados de influencias pol?cas, parentesco, etc.; candidatos indignos y sin vocaci?ograron puestos de relevancia en la Iglesia. Para atajar esos esc?alos y evitar las intromisiones ajenas se convoc? concilio.

Se reivindica el derecho de la Iglesia en la elecci? consagraci?e los Obispos contra la investidura de los laicos.
Cond?nse la simon?y el concubinato de los eclesi?icos como herej?.

En la historia de la Iglesia ha habido hasta ahora 265 Papas como tambi?unos 35 antipapas, que usurparon la dignidad pontificia durante alg?iempo, debido a influencias pol?cas de los reyes o desavenencias entre obispos y cardenales principalmente.


Magisterio del C.E I de Letr?/b>

(Contra Enrique IV)


  • De la obediencia debida a la Iglesia

  • [F?la prescrita a todos los metropolitanos de la Iglesia occidental]

    Anatematizo toda herej?y particularmente la que perturba el estado actual de la Iglesia, la que ense? afirma: El anatema ha de ser despreciado y ning?aso debe hacerse de las ligaduras la Iglesia. Prometo, pues, obediencia al Pont?ce de la Sede Apost?a, Se?Pascual, y a sus sucesores bajo el testimonio de Cristo y de la Iglesia, afirmando lo que afirma, condenando lo que condena la Santa Iglesia universal.

    CONCILIO DE GUASTALLA, 1106

  • De las ordenaciones her?cas y simon?as


  • Desde hace ya muchos a?la extensi?el imperio teut?o est?eparada de la unidad de la Sede Apost?a. En este cisma se ha llegado a tanto peligro que con dolor lo decimos en tan grande extensi?e tierras apenas si se hallan unos pocos sacerdotes o cl?gos cat?os. Cuando, pues, tantos hijos yacen entre semejantes ruinas, la necesidad de la paz cristiana exige que se abran en este asunto las maternas entra?de la Iglesia. Instru?s, pues, por los ejemplos y escritos de nuestros Padres que en diversos tiempos recibieron en sus ?nes a novacianos, donatistas y otros herejes, nosotros recibimos en su oficio episcopal a los obispos del predicho Imperio que han sido ordenados en el cisma, a no ser que se pruebe que son invasores, simon?os o de mala vida. Lo mismo constituimos de los cl?gos de cualquier orden a los que su ciencia y su vida recomienda.







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