Tipos de ayuno
Por: Hna. María de Roncesvalles | Fuente: www.dialogoreligioso.org

Hay diversos tipos de ayuno. En realidad la palabra ayuno significa abstenerse de ciertos alimentos o bebidas. Si se privan en el día de esto, pero cuando es licito se cometen excesos en el comer, no hay verdadera abstención.
a-) Obligatorios (Ramadán) o voluntarios (Ashura)
b-) Penitenciales (Ramadán), expiatorios ( por ejemplo por la caza de algún animal durante la gran peregrinación que se realiza en la Kaaba“…no matéis la caza si estáis sacralizados… ofrecerá una res de su rebaño, equivalente a la caza que mató…o bien expiará dando de comer a los pobres o ayunando algo equivalente, para que guste la gravedad de su conducta”(sura 5. 95) o para sustituirlo por alguna otra obligación (por ejemplo si no tiene una animal para ofrecer durante la gran peregrinación puede ayunar)
c-) Legítimos (Ramadán)
d-) Válidos (solo para aquellos que están física y mentalmente sanos).
e-) Inválidos (personas que no están bien física y mentalmente sanos, por intoxicación, por menstruación o hemorragias después del parto).
Están obligados a ayunar por lo tanto todos los hombres y mujeres (inclusive los niños a partir de los 12 años) de acuerdo a lo recién enumerado.
Para aquellos que se encuentran impedidos para realizar el ayuno de Ramadán, por un cierto tiempo, como puede ser el caso de una persona que está enferma y debe tomar medicinas, deberá hacer el ayuno apenas le sea posible, la misma cantidad de días que no lo hizo.
En algunos casos, prefieren no tomar las medicinas, para no tener que hacer el ayuno solos, ya que de esta forma se hace más difícil poder cumplirlo. Pero esto puede hacerse siempre y cuando no perjudique más la salud.
Existen cuatro escuelas distintas sobre el modo en cómo debe guardarse el ayuno, pero en general coinciden en los siguientes puntos:
* debe hacerse primero el propósito o intención para realizar el ayuno y después cumplirlo.
* La intención será siempre para purificar el cuerpo y el alma, por eso deben abstenerse de las relaciones sexuales, de insultar, calumniar, murmurar, defraudar y lucrar ilícitamente.
* Deberán abstenerse de aquellas cosas que cortan el ayuno, llamadas " muftirat" (alimentos y bebidas, fumar cigarrillos, el oler perfumes, el provocarse el vomito sin autorización del medico, entre otras).
*Deberán abstenerse de estas " muftirat" desde la primera luz del alba hasta un poco después del ocaso.
Reglas que regulan el ayuno de Ramadán
Con respecto al tiempo.
_Quien se durmió antes del alba sin intención de realizar el ayuno, si se levanta antes del mediodía y pone la intención de ayunar, su ayuno es correcto. Pero si se levanta después del mediodía no puede hacer la intención de ayuno obligatorio.
_Si una persona hace la intención de ayunar antes de la llamada de la oración del alba, luego se duerme y se levanta después del ocaso, su ayuno es correcto.
_Si en el mes de Ramadán un no-musulmán acepta el Islam debe hacer el ayuno a partir del día siguiente, pero si la conversión tiene lugar antes o después del mediodía no debe ayunar este día ni tampoco compensarlo.
_Si un enfermo se curara antes del mediodía de un día del mes de Ramadán y desde el alba no hizo nada que anulara el ayuno, debe hacer la intención (de ayunar) y cumplir el resto del día. Pero si se curara después del mediodía el ayuno de ese día no es obligatorio para él.
_Si una persona tiene duda sobre si cierto día es el último del mes de Sha´ban o el primero del mes de Ramadán no es obligatorio que ayune. Pero si quiere hacerlo no puede hacer la intención de ayuno de Ramadán (es decir: no debe ayunar con intención de ayuno obligatorio pues no sabe si realmente está en el primer día de Ramadán); pero si ayunó con intención de ayuno de compensación y después se entera de que efectivamente era el primer día de Ramadán, ese día le cuenta como ayuno de Ramadán (no debe compensarlo aunque no lo ayunó con intención de Ramadán).
b-con respecto a las comidas o bebidas.
_Si el ayunante durante la comida se diera cuenta de que llegó el alba, deberá sacar la comida de la boca y su ayuno quedará anulado si intencionalmente tragase esa comida.
_Según la precaución obligatoria el ayunante no deberá aplicarse inyecciones alimenticias (Ej.: de vitaminas, suero, etc.), pero no habrá inconvenientes en el uso de anestesia o de inyecciones medicinales.
_El ayuno no quedará anulado si traga saliva, aunque ésta se acumule por pensar en algo apetitoso.
_Si el ayunante tuviera tanta sed que tuviera temor de morirse, podrá tomar la cantidad necesaria de agua para salvar su vida, pero su ayuno quedará anulado. Además si estuviese en el mes de Ramadán por el resto del día deberá abstenerse de realizar otras cosas de las que anulan el ayuno.
_Masticar y probar el gusto de la comida para los niños si no llega (el alimento) a la garganta no anulará el ayuno, aunque esto último ocurra por accidente. Pero quedará anulado (el ayuno) si el ayunante sabía que esta comida podía llegar a la garganta y ser tragada (y no obstante lo hace), debiendo en este caso hacer la compensación (qadá) y además deberá cumplir con la reparación expiatoria (kaffarah).


