Autor: Aceprensa | Fuente: http://www.aceprensa.com/ La misión del Papa en la Iglesia
Ni poder absoluto ni primado de honor
La misión del Papa en la Iglesia
En en estos días, como siempre que se convoca un
cónclave, la figura del Papa en la Iglesia salta a
la primera página. Para comprender bien su misión, hay que
tener en cuenta las características del primado del Papa, que
le distinguen de otros líderes espirituales y de los gobernantes
civiles. Ofrecemos una síntesis en forma de preguntas y respuestas.
¿En qué consiste el primado del Papa?
El Papa es
la más alta autoridad de la Iglesia, como vicario de
Cristo. Tiene esta potestad por ser sucesor de san Pedro,
a quien Jesucristo confirió la primacía entre los apóstoles (cfr.
Mt 16, 13-19). “La Iglesia, ya desde los inicios y
cada vez con mayor claridad, ha comprendido que (…) el
ministerio de la unidad, encomendado a Pedro, pertenece a la
estructura perenne de la Iglesia de Cristo” (1). Por tanto,
la fe católica sostiene que este primado no es una
institución humana, a diferencia de las formas de organización eclesiástica
creadas en distintas épocas (patriarcados, conferencias episcopales, etc.). El Papa tiene
una verdadera potestad, no una simple autoridad moral. “El Romano
Pontífice posee, como supremo pastor y doctor de la Iglesia,
la potestad de jurisdicción suprema, plena y universal, ordinaria e
inmediata, sobre todos y cada uno de los pastores y
fieles” (2). Así lo declaró el Concilio Vaticano I en
1870, repitiendo el magisterio anterior, en particular el Concilio de
Florencia (s. XV). Lo mismo reiteró luego el Concilio Vaticano
II en la constitución “Lumen gentium” (n. 22). El Papa
no es “el primero entre iguales”, como ocurre con el
Arzobispo de Canterbury entre los anglicanos, que no tiene jurisdicción
fuera de su diócesis; ni tampoco se limita a un
primado de honor, como el del Patriarca de Constantinopla entre
las iglesias autónomas ortodoxas. Por tanto, la suprema autoridad del Papa
es propia; no deriva de ninguna otra fuera de la
de Cristo; no es por delegación de nadie.
Entonces, ¿el
Papa es como un monarca absoluto?
Su poder no
es equiparable al de un líder civil: “El primado difiere
en su esencia y en su ejercicio de los oficios
de gobierno vigentes en las sociedades humanas: no es un
oficio de coordinación o de presidencia, ni se reduce a
un primado de honor, ni puede concebirse como una monarquía
de tipo político” (1). La potestad del Papa no es un
poder absoluto: “El Romano Pontífice, como todos los fieles, está
subordinado a la palabra de Dios, a la fe católica,
y es garante de la obediencia de la Iglesia y,
en este sentido, ‘servus servorum’” (1), siervo de los siervos
de Dios. El ejercicio de su autoridad “no se basa
en decisiones arbitrarias, sino que deben responder a la razón
de ser y a la finalidad de su ministerio de
comunión en la Iglesia” (2). Esta potestad suprema es una ausencia
de subordinación respecto de cualquier otra instancia eclesiástica o civil,
no una independencia absoluta. Así, el Papa no puede cambiar
el depósito de la fe. Un ejemplo es el que
dio Juan Pablo II en 1994 al confirmar solemnemente que
las mujeres no pueden acceder al sacerdocio. No dijo que
no permitiría la ordenación de mujeres, sino que no tenía
poder para hacerlo. Se remitió a la tradición unánime de
la Iglesia, que siempre ha considerado esa doctrina como recibida
de Cristo y por tanto irreformable.
¿Cómo se compagina la
suma potestad del Papa con la colegialidad episcopal?
El
primado es una autoridad de naturaleza episcopal, pero suprema y
universal. Ya el Concilio Vaticano I, en la constitución dogmática
“Pastor aeternus”, recordó que la potestad papal no limita ni
menoscaba la de los obispos, también ordinaria e inmediata. Los
obispos no son como “jefes de sucursal” en las diócesis.
La idea de que el Vaticano I subrayó unilateralmente la
autoridad del Papa, dejando en la sombra a los obispos,
olvida que el Concilio tenía previsto también desarrollar la doctrina
sobre el colegio episcopal, pero no pudo llegar a hacerlo
porque la revolución italiana obligó a suspender las sesiones. Por
otro lado, la misma constitución “Pastor aeternus” es una declaración
solemne de los obispos reunidos en concilio junto con el
Papa. La autoridad del Papa, aunque sea propia y no derive
de los demás obispos, no está separada de la que
tiene el colegio episcopal. Juan Pablo II lo explicaba así:
“Ambos, el Papa y el cuerpo episcopal, tienen ‘toda la
plenitud’ de la potestad. El Papa posee esta plenitud a
título personal, mientras el cuerpo episcopal la posee ‘colegialmente’, estando
unido bajo la autoridad del Papa” (3). De ahí que
para el Papa, “escuchar la voz de las Iglesias es
una característica propia del ministerio de la unidad y también
una consecuencia de la unidad del cuerpo episcopal y del
‘sensus fidei’ de todo el pueblo de Dios” (1). Esta
comunión entre el Papa y los obispos se favorece por
diversos medios, como los sínodos o las visitas “ad limina”.
En fin, la potestad del Papa refuerza y sostiene la
de los obispos. El primado “es un gran don de
Cristo a su Iglesia en cuanto servicio necesario a la
unidad, que ha sido con frecuencia –como demuestra la historia–
una defensa de la libertad de los obispos y de
las Iglesias particulares frente a las injerencias del poder político”
(1). Una prueba, a la inversa, es el caso de
la China actual, donde el régimen comunista, para someter a
la Iglesia, decretó la ruptura de los obispos con Roma.
¿Cuáles son las funciones del Papa?
La misión del
Papa es la confiada a Pedro, según los Evangelios: Jesucristo
le dio las “llaves del Reino de los Cielos”, con
el poder de “atar y desatar” (cfr. Mt 16, 19),
para “confirmar a los hermanos en la fe” (cfr. Lc
22, 32) y “apacentar su rebaño” (cfr. Jn 21, 15-17).
O sea, es un servicio a la unidad de la
Iglesia en la fe y en la comunión. Se resume
en dos aspectos: enseñanza y gobierno. Al obispo de Roma, corresponde
la tarea de enseñar la verdad revelada y mostrar sus
aplicaciones al comportamiento humano” (3). Es una misión eminentemente positiva:
“reducir el magisterio papal sólo a la condena de los
errores contra la fe sería limitarlo demasiado; más aún, sería
una concepción equivocada de su función” (3). El Papa realiza
esta misión de enseñanza de tres modos principales: “Ante todo,
con la palabra”; en segundo lugar, mediante escritos, propios o
publicados con su autorización por la Curia Romana; tercero, mediante
iniciativas institucionales para impulsar el estudio y la difusión de
la fe, como en el caso de distintos consejos pontificios
(3). Esta autoridad doctrinal suprema reside a la vez en el
colegio episcopal junto con su cabeza, el Papa: “Los obispos
son testigos de la verdad divina y católica cuando enseñan
en comunión con el Romano Pontífice” (1). Así se manifiesta,
de modo singular, en los concilios ecuménicos.
<¿La enseñanza del
Papa es siempre infalible?
Según el dogma expuesto por
el Concilio Vaticano I, el Papa goza de infalibilidad “cuando,
cumpliendo su oficio de pastor y doctor de todos los
cristianos, define en virtud de su suprema autoridad apostólica que
una doctrina sobre la fe o las costumbres debe ser
sostenida por la Iglesia universal”. La misma infalibilidad tienen las
doctrinas expuestas con igual tenor por el colegio episcopal junto
con el Papa (cfr. Código de Derecho Canónico, can. 749).
Esta autoridad magisterial es la de declarar lo contenido en
la Revelación, como precisa el mismo Concilio: “El Espíritu Santo
no fue prometido a los sucesores de Pedro para que
por revelación suya manifestaran una nueva doctrina, sino para que,
con su asistencia, santamente custodiaran y expusieran fielmente la revelación
transmitida por los apóstoles”. La infalibilidad propia de las definiciones dogmáticas
no significa que las enseñanzas del Papa –y del colegio
episcopal– sean “falibles” en los demás casos. Junto a la
infalibilidad, “existe el carisma de asistencia del Espíritu Santo, concedido
a Pedro y a sus sucesores para que no cometan
errores en materia de fe y moral, y para que,
por el contrario, iluminen bien al pueblo cristiano. Este carisma
no se limita a los casos excepcionales, sino que abarca
en medida diferente todo el ejercicio del magisterio”. El Papa
es maestro de la verdad también con su magisterio ordinario,
que “es de carácter permanente y continuado, mientras que el
que se expresa en las definiciones ["ex cathedra"] se puede
llamar excepcional” (3).
¿Qué facultades de gobierno tiene el Papa?
El gobierno que ejerce el Papa está al servicio
de su ministerio de unidad y de supremo pastor en
la Iglesia. Así, el Papa tiene “la facultad de realizar
los actos de gobierno eclesiástico necesarios o convenientes para promover
y defender la unidad de fe y de comunión” (1).
Entre estas funciones están, por ejemplo, dar el mandato para
ordenar obispos, establecer diócesis u otras estructuras pastorales para la
atención de los fieles, promulgar leyes para toda la Iglesia,
aprobar institutos religiosos supradiocesanos, etc. El Papa ejerce su gobierno supremo
de distintas maneras, según las circunstancias y los tiempos. Por
ejemplo, en la Iglesia latina nombra directamente a los obispos,
mientras que en las Iglesias orientales, por lo general, confirma
la elección del obispo realizada por el sínodo local. La
designación directa por el Papa se implantó en Occidente para
evitar las frecuentes injerencias del poder civil. En todo caso,
“son el bien, la utilidad o la necesidad de la
Iglesia universal las que determinan en cada momento histórico la
oportunidad de los modos de ejercer la autoridad, según la
prudencia pastoral” (2).
¿Ha habido una evolución del primado en
la historia?
El primado del Papa tiene un contenido
inmutable, que corresponde a su misión, y unos aspectos variables.
De hecho, “la naturaleza inmutable del primado del sucesor de
Pedro se ha expresado históricamente a través de modalidades de
ejercicio adecuadas a las circunstancias de una Iglesia que peregrina
en este mundo cambiante” (1).
¿No es un obstáculo el
primado del Papa para la unidad de los cristianos?
No lo fue durante el primer milenio. La primacía del
obispo de Roma fue reconocida por todos desde el principio;
los primeros testimonios documentales se remontan al siglo I, cuando
la Iglesia de Corinto recurrió al Papa san Clemente para
que dirimiera sus disputas internas. “La fe del Papa, obispo
de Roma, constituyó un criterio seguro de certeza para toda
la Iglesia. Las aclamaciones a la carta dogmática enviada por
el Papa León I Magno al Concilio de Calcedonia (451)
–‘¡Pedro ha hablado por boca de León!’– y las tributadas
dos siglos más tarde por el Concilio III de Constantinopla
(680-681) a la exposición doctrinal cristológica del Papa Agatón atestiguan
hasta qué punto, a los ojos de los orientales, la
fe del obispo de Roma era la fe de Pedro”
(4). Fueron hechos posteriores los que motivaron la ruptura de la
unidad, primero en Oriente, con el cisma de 1054, y
luego en Occidente, con la Reforma protestante. Por eso Juan
Pablo II alentó a todos los cristianos a poner la
mirada en el primer milenio, a fin de hallar vías
para superar las divisiones.
¿Puede haber cambios en el ejercicio
del primado papal?
El Papa puede siempre intervenir para
mantener la unidad de la fe y la comunión eclesial.
Pero las formas concretas de ejercer su autoridad pueden variar
en cada momento histórico según lo exija el bien de
la Iglesia. ___________________
(1) Congregación para la Doctrina de la
Fe, “El primado del sucesor de Pedro en el misterio
de la Iglesia”; texto publicado, junto con comentarios, por Ediciones
Palabra, Madrid, 2003 (ver Aceprensa 161/98 y 135/03, 2ª parte). (2)
José Ramón Villar, “El primado del Papa: lo esencial y
lo mudable”, Aceprensa 135/03, 1ª parte. (3) Catequesis de Juan Pablo
II en las audiencias generales, noviembre 1992-marzo 1993, resumida en
Aceprensa 66/93: “El servicio del Papa en la Iglesia”. (4) José
Orlandis, “El pontificado romano en la historia”, Palabra, Madrid, 1996,
p. 281 (ver Aceprensa 26/97). ________________________________________ (*) Aceprensa es una agencia periodística
especializada en el análisis de tendencias básicas de la sociedad,
corrientes de pensamiento y estilos de vida.
Todos los servicios de Catholic.net son gratuitos.
Sólo nos mantenemos gracias a los donativos que, voluntariamente, nos hacen algunos de nuestros visitantes.
Necesitamos de tu ayuda para continuar anunciando el mensaje de Cristo a través de la Red.
Ayúdanos, Dios te lo recompensará. DA CLICK AQUÍ PARA DONAR
Consultores
de la comunidad Consejo y asesoría a personas interesadas en los servicios, funciones, ministerios y formas de animación de la vida cristiana de las distintas asociaciones, movimientos y hermandades de la Iglesia católica
Ver todos los consultores