|
Quizá uno de los temas que, en la práctica pastoral,
interesan más a los fieles, es el de los estipendios
u ofertas por la celebración de la Misa. Por su propia
naturaleza, además, es un asunto delicado: se trata de una cuestión
que afecta al sacramento de la Eucaristía.
Es una práctica muy antigua
en la Iglesia la de ofrecer al sacerdote celebrante una cantidad
de dinero, como limosna por la celebración de la Misa. El
sacerdote que recibe tal cantidad y acepta el encargo queda obligado
en justicia a ofrecer una Misa por la intención del
donante. Históricamente ha revestido formas muy diversas; incluso existen fundaciones de Misas,
es decir, capitales a veces considerables destinados a pagar Misas que
se deben ofrecer por la intención que indique el fundador, normalmente
el bien de su alma o la de su familia (cfr.
Código de Derecho Canónico, can. 1303, § 1, 2º). Algunas
de estas fundaciones han soportado el paso de los siglos.
El fundamento
de esta práctica es enteramente sacramental: los fieles que ofrecen un
don por la Misa que se celebra se asocian más
íntimamente a Cristo que se ofrece a Sí mismo en la
Hostia Santa. Además, está el sentido que tiene de limosna, práctica
enseñada por el mismo Jesús. No sólo eso, sino que mediante
los estipendios, los fieles ayudan al sostenimiento de la Iglesia y
sus ministros. Por lo demás, el sacerdote que acepta el encargo
se obliga no sólo a celebrar una Misa, sino a ofrecerla
por una intención determinada, incluidas las almas de los difuntos. Y
aquí la cuestión de los estipendios roza otro tema a
veces atacado, en el que no se va a entrar en
este estudio, como es el del purgatorio.
No se puede olvidar, además,
otra cuestión que entra en juego en esta materia, y se
refiere a las relaciones de justicia que surgen entre el donante
y el sacerdote que acepta el estipendio. En efecto, si
el sacerdote acepta el don que le ofrece un fiel a
cambio de celebrar una Misa por cierta intención, el sacerdote queda
obligado a ello en virtud de la justicia. Y rigen al
respecto las normas que la Moral enseña sobre la justicia.
Pero el
riesgo de aparentar simonía también es claro. Por eso la autoridad
eclesiástica desde siempre ha procurado rodear esta peculiar institución de normas
claras y prudenciales, que velen por los intereses de las partes,
y protejan los derechos de los fieles. Actualmente la materia queda
regulada por los cánones 945-958 del Código de Derecho Canónico. El
Papa Pablo VI lo reguló en el Motu Proprio Firma
in traditione, de 13 de junio de 1974 (AAS 66 (1974)
308). Además, la Congregación para el Clero promulgó el Decreto Mos
iugiter el 22 de febrero de 1991.
Según esta normativa, el sacerdote
que acepta el estipendio por la celebración de una Misa por
una intención particular, está obligado en justicia a satisfacer personalmente la
obligación asumida, aunque puede encomendársela a otro. Además, se debe celebrar
una Misa por cada intención. Viene a salir al paso del
uso de acumular intenciones en una Misa, en las llamadas Misas
colectivas o pluriintencionales. Tales Misas colectivas o pluriintencionales sólo se pueden
celebrar si lo consienten los fieles que las encargan, y con
ciertas condiciones, como que sólo puede haber dos Misas por semana
con intenciones colectivas (cfr. Decreto Mos iugiter, art. 2 §
2).
Por lo demás, el sacerdote sólo puede retener el estipendio
de una Misa. Si celebra más de una Misa al día
en la que haya aceptado estipendio, se debe destinar al fin
que determihne el ordinario (c. 951). Este ordinario es el ordinario
propio del celebrante, salvo que se trate de párrocos o vicarios
parroquiales, en cuyo caso se entiende el ordinario del lugar (cfr.
Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos, interpretación auténtica
de 23 de abril de1987 (AAS LXXIX (1987), p. 1132).
Además, las
obligaciones de celebrar Misas asumidas se deben cumplir dentro de un
plazo razonable, que se fija en un año. Si no
es posible, se puede transmitir el encargo a otros sacerdotes (cfr.
Decreto Mos iugiter, art. 5 § 1).
En conclusión, se debe animar
a los fieles a efectuar ofrendas y estipendios para la celebración
de la Santa Misa. De tal costumbre se puede decir que
los principales beneficiarios serán los mismos fieles que ofrecen sus dones. |