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| Dignidad de la Persona |
Fundamento de los derechos del hombre y principio rector del
bien común
Conferencia dictada por el P. Thomas Williams, L.C., Decano
de la Facultad de Teología del Ateneo Pontificio Regina Apostolorum,
en la Convención de Cristianos por Europa, celebrada en Barcelona
en diciembre de 2002
La importancia de la dignidad humana
"Tal vez
no haya otro concepto de mayor importancia para el futuro
cultural y moral de Europa que el concepto de la
dignidad de la persona humana. Siendo la persona el centro
y el punto de referencia de la sociedad, la bondad
o la maldad de una cultura se mide precisamente por
su actitud hacia la persona.
Es consabida la importancia que la
doctrina social de la Iglesia da a la persona humana
y a su dignidad como fuente de los derechos del
hombre. Entre todos los temas tratados por el Concilio Vaticano
II, la dignidad de la persona humana ocupó un puesto
de singular relieve.
Ya en el 1964, en medio del
debate sobre el instrumentum laboris que llegaría a ser la
Constitución Pastoral Gaudium et spes, el entonces Mons. Arzobispo Karol
Wojtyla pronunció un discurso en la Radio Vaticana donde afirmó:
“A el Concilio y la Iglesia consideran la llamada acerca
de la dignidad de la persona humana como la voz
más importante de nuestra era”. Treinta años más tarde el
Papa Juan Pablo II calificó la Gaudium et spes el
último y más extenso de los documentos promulgados por el
Concilio “la carta magna de la dignidad humana”.
Desde el
tiempo del Concilio hasta el presente la centralidad de la
dignidad del hombre en el pensamiento social de la Iglesia
ciertamente no ha disminuido. Más bien se ha hecho aun
más patente en los escritos y pronunciamientos del Magisterio y
ha quedado plasmada en el Catecismo de la Iglesia Católica
como punto de referencia para la ética social y el
principio rector del bien común.
Pero la dignidad de la persona
no sólo forma el eje de la doctrina social de
la Iglesia, sino que también sirve como punto de convergencia
entre corrientes de pensamiento muy variadas y así se ofrece
como fundamento de la sociedad civil. El concepto de la
dignidad de la persona está presente en el preámbulo de
las constituciones de varias naciones europeas como presupuesto antropológico del
derecho, y también en los diversos decretos acerca de los
derechos del hombre, notablemente en la Declaración Universal de los
Derechos del Hombre de 1948.
Peligros de una dignidad mal entendida No
obstante, precisamente por su ubiquidad y proliferación, este concepto vital
corre el riesgo de desvirtuarse y de convertirse en instrumento
de manipulación para intereses particulares. ¿De qué dignidad hablamos? ¿Qué
entendemos por dignidad de la persona humana?
Sólo por dar unos
ejemplos, hoy en día los propulsores de la eutanasia hablan
de una muerte digna como remedio para unos estados de
vida que según ellos no son conformes a la dignidad
de la persona. Asimismo, entre los que defienden los así
llamados derechos de los animales se habla cada vez más
de una supuesta dignidad de los primates, o de los
mamíferos, o de todos los seres vivientes.
De hecho, está
cada vez más en boga la práctica Darwinista de hablar
de la diferencia entre los hombres y los animales como
una diferencia solamente de grado y no de esencia. Al
mismo tiempo, el concepto de la dignidad de la persona
se utiliza para defender la práctica del aborto, o negando
la personalidad a los no nacidos, o defendiendo el aborto
como remedio contra una vida indigna para los bebés no
queridos.
Finalmente, la dignidad de la persona a menudo se
reduce a la libertad entendida como autonomía absoluta, lo cual
imposibilita una recta comprensión de los derechos humanos y quita
la posibilidad de distinguir entre verdaderos derechos y meras preferencias
personales.
Frente a estas distorsiones y por su importancia para el
discurso civil es preciso definir bien qué entendemos por dignidad
humana. En los minutos que nos quedan, quisiera tocar brevemente
tres puntos. En primer lugar, ofreceré unas consideraciones sobre la
dignidad de la persona como puente entre la antropología y
la ética.
En segundo lugar, presentaré la dignidad como característica
propia y distintiva de la persona humana, que la distingue
de todos los demás seres terrestres y la asemeja a
Dios. Por último, hablaré de la universalidad de esta dignidad
entre todos los miembros de la especie humana, sin distinciones
de raza, edad, madurez, sexo, creencia religiosa o clase social.
La
dignidad como puente entre la antropología y la ética Fue el
filósofo escocés David Hume quien dijo hace dos siglos y
medio que no se puede derivar un imperativo de una
afirmación indicativa. Esta proposición es verdadera con tal que la
afirmación indicativa no contenga ya un sentido imperativo. Es precisamente
lo que sucede en el caso de la dignidad.
La palabra
latina "dignitas", de la raíz "dignus", no sólo significa una
grandeza y excelencia por las que el portador de esta
cualidad se distingue y destaca entre los demás, sino también
denota merecimiento de un cierto tipo de trato. Así la
dignidad se puede definir como una excelencia que merece respeto
o estima.
Se dice que una persona de alto rango
o que ocupa un puesto elevado posea una dignidad, una
especial excelencia que exige de los demás una respuesta particular.
También hablamos de una dignidad propia del ser humano como
tal, por lo que debe ser tratado siempre como hombre.
Al abrazar tanto la cualidad de excelencia como el merecimiento,
la dignidad forma un tipo de concepto puente que une
la antropología y la ética. Al saber que el hombre
es así, sabemos también que debería ser tratado de una
manera particular.
De aquí también resulta clara la relación entre la
dignidad humana y los derechos del hombre. Si por su
estatuto humano, el hombre merece un trato especial, los detalles
de este trato se especifican en los derechos humanos. Se
le debe al hombre un acceso a los auténticos bienes
que favorecen su realización integral como persona.
La dignidad como rasgo
característico del ser humano Ahora bien, de qué se deriva esta
excelencia propia del hombre con respecto a las demás criaturas?
La respuesta que nos ofrece la teología es clara: el
hombre es la única criatura hecha a imagen y semejanza
de Dios. Como Dios, el hombre es inteligente, posee una
naturaleza espiritual, es libre y capaz de amar.
No sólo,
sino que también todo hombre es llamado a la filiación
divina por la gracia, es decir, a participar de la
misma vida divina. Por esto la Gaudium et spes puede
afirmar que el hombre es la única criatura terrestre a
la que Dios ha amado por sí misma y que
no puede encontrar su propia plenitud si no es en
la entrega sincera de sí mismo a los demás
Pero
esta excelencia por la que el hombre se destaca entre
las demás criaturas, aunque se apoya en bases teológicas, también
está al alcance de la razón humana. La inteligencia y
libertad del hombre le distinguen de los demás seres, y
lo elevan a un rango superior. Por esto, la dignidad
de la persona no es fruto de cualidades accidentales, sino
de la misma naturaleza del hombre como animal racional, capaz
de pensar y de amar.
Aunque el concepto de dignidad humana
como característica propia del ser humano se ha desarrollado mucho
en el último siglo, especialmente gracias al Personalismo, no constituye
una innovación en el pensamiento cristiano. Ya en el siglo
XIII el gran teólogo franciscano, san Buenaventura, presentaba la dignidad
como rasgo distintivo de la persona.
Y santo Tomás de
Aquino, en la Summa Theologiae, definía la persona como una
hipóstasis distinta por su dignidad y afirmaba que cada individuo
de naturaleza racional se llama persona, en virtud de su
alta dignidad. Esta dignidad proviene de la realidad metafísica de
la persona como subsistencia en una naturaleza racional o, como
escribe Juan Pablo II: es la metafísica que hace posible
fundamentar el concepto de dignidad personal en virtud de la
naturaleza espiritual de la persona
Esto nos lleva a una
afirmación categórica, sin pedir disculpas: el ser humano es fundamentalmente
diferente de los demás seres. Existe una diferencia no sólo
de grado, sino de esencia. Entre el hombre y los
animales se da un salto cualitativo que cambia todos los
esquemas éticos. Así que, aunque se pueda hablar de una
ética ambiental o un comportamiento ético hacia los animales, los
seres no-personales no poseen una relevancia moral por sí mismos,
sino sólo en relación con Dios y con los demás
hombres.
Es, por tanto, impropio hablar de una dignidad de
los animales o de la tierra, pues la dignidad es
característica distintiva de la persona. En realidad, el esfuerzo por
equiparar los animales con el hombre no resulta de la
exaltación de los animales, sino más bien de la reducción
del hombre a la pura materia, negando su naturaleza espiritual.
La
dignidad poseída en igual medida por todos los miembros de
la familia humana Estas consideraciones nos llevan al último punto de
nuestras reflexiones. Dado que la dignidad de la persona depende
no de sus capacidades particulares, sino de su naturaleza, es
común a todos los miembros de la familia humana. Así
como todos los hombre participan igualmente de la humanidad, todos
poseen una igual dignidad que es característica de la humanidad.
Sin
embargo, aunque parece obvio, y es doctrina de la Iglesia
católica que todos los hombres poseen una igual dignidad, este
principio es frecuentemente violado. Los Nazis excluían a los judíos
y otros indeseables del estado de las personas que posean
una dignidad propia. Durante más de un siglo los norteamericanos
y otros pueblos negaban la dignidad personal a los hombres
de raza negra, y los sometían a la esclavitud como
seres inferiores.
Hoy en día nuestra civilización niega la dignidad
personal a los no nacidos, a veces permitiendo el aborto
hasta durante los nueve meses de gestación.
Las diferencias entre los
hombres son evidentes. Algunos poseen una inteligencia superior, otros son
mejores atletas, otros gozan de una particular sensibilidad artística. Si
la dignidad del hombre dependiera de cualquiera de estos factores,
no se podría hablar de una dignidad común de las
personas, sino que existiría una vasta gama de dignidades particulares,
y así también los derechos de los hombres variarían de
persona en persona.
No obstante, como hemos visto, la dignidad
no es fruto de las cualidades particulares, sino de la
naturaleza racional y espiritual del hombre. Ni la enfermedad, ni
el color de la piel, ni la inmadurez física o
emocional, ni el desarrollo de las propias capacidades, ni las
creencias religiosas, ni la clase social puede cambiar la dignidad
esencial de todo ser humano y los derechos que son
consecuencia de esta dignidad.
Conclusión: un reto Aquí terminan las disquisiciones teológicas
y filosóficas y aquí empieza el compromiso real y el
trabajo eficaz. El gran reto para los legisladores y juristas
es cómo van a plasmar dentro de una constitución europea
o dentro de su preámbulo el contenido de la dignidad
de la persona, para defender el concepto de posibles manipulaciones
y distorsiones.
¿Cómo van a asegurar que se reconozca para
todos los miembros de la familia humana los derechos que
derivan de esta común dignidad? Hemos visto que una misma
palabra se puede interpretar de diversas maneras, y se puede
utilizar para avanzar intereses particulares.
Es de vital importancia que
el concepto de la dignidad de la persona humana, como
característica distintiva de todo ser humano, mantenga su integridad. Así
la civilización europea podrá avanzar de acuerdo con la auténtica
justicia, y podrá llegar a ser un verdadero faro de
luz para el mundo entero."
Conferencia dictada por el P. Thomas
Williams, L.C., Decano de la Facultad de Teología del Ateneo
Pontificio Regina Apostolorum, en la Convención de Cristianos por Europa,
celebrada en Barcelona en diciembre de 2002.
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