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Código de Derecho Canónico

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Indice:
• Introducción general
1.- Libro I. De las normas generales (Cann. 1-203) -ín
2.- Libro II Del pueblo de Dios (Cann. 204-329) -índic
3.- Libro III La función de enseñar de la Iglesia (Can
4.- Libro IV De la función de santificar la Iglesia (C
5.- Libro V De los bienes temporales de la Iglesia (Cann. 1254-1268) -índice-
6.- Libro VI De las sanciones en la Iglesia (Cann. 1311-1399)
7.- Libro VII De los procesos (Cann. 1400-1752)

Código de Derecho Canónico
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Capítulo 1: Art. 1 DE LA RENUNCIA (Cann. 187-189)




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Art. 1 DE LA RENUNCIA (Cann. 187-189)




187
El que se halla en su sano juicio puede, con causa justa, renunciar a un oficio eclesiástico.




188 Es nula en virtud del derecho mismo la renuncia hecha por miedo grave injustamente provocado, dolo, error substancial o simonía.




189 § 1. Para que valga la renuncia, requiérase o no su aceptación, ha de presentarse, por escrito o de palabra ante dos testigos, a la autoridad a quien corresponde conferir el oficio de que se trate.




 § 2. La autoridad no debe aceptar la renuncia que no esté fundada en una causa justa y proporcionada.




 § 3. No produce efecto alguno la renuncia que necesita aceptación, si no es aceptada en el plazo de tres meses; la que no necesita aceptación produce su efecto mediante la notificación del renunciante, hecha según norma del derecho.




 § 4. Mientras la renuncia no haya producido efecto, puede ser revocada por el renunciante; una vez que lo ha producido, no puede revocarse, pero quien renunció puede conseguir el oficio por otro título.




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