Autor: . | Fuente: iinfocatolica La Corte Constitucional colombiana mantiene el matrimonio como unión entre un hombre y una mujer
Se reconocen a las parejas homosexuales los derechos de las heterosexuales, pero no el matrimonio civil y la adopción conjunta de menores de edad
La Corte Constitucional colombiana mantiene el matrimonio como unión entre un hombre y una mujer
La Corte Constitucional de Colombia instó hoy al Congreso de
la República a que legisle sobre las uniones entre parejas
del mismo sexo, para lo cual le dio un plazo
de dos años y mantuvo, en tanto, la validez de
las bodas únicamente entre heterosexuales. El organismo solicitó tanto a
la Cámara de Representantes como al Senado que superen el
estado de «omisión legislativa» sobre las uniones homosexuales. La ley,
sin embargo, no podrá afectar al concepto de familia, considerado
como unión entre un hombre y una mujer.
El plazo se
extiende hasta el 20 de julio de 2013, según señaló
en rueda de prensa el presidente de la Corte Constitucional,
el magistrado Juan Carlos Henao.
Explicó que si después de ese
plazo no hay legislación al respecto, las parejas del mismo
sexo podrán formalizar una unión ante un notario público, en
un acto similar al del matrimonio civil.
El plazo para que
la Corte Constitucional se pronunciara sobre el tema del matrimonio
entre parejas del mismo sexo vencía ayer tras una querella
interpuesta por un grupo de abogados y de la comunidad
gay en noviembre de 2010.
Se mantiene el matrimonio como unión
entre hombre y mujer
La Corte aclaró que la reglamentación
para la unión de parejas del mismo sexo no debe
afectar el concepto de familia vigente en Colombia y que
lo considera como la unión entre un hombre y una
mujer. Indicó, igualmente, que las parejas del mismo sexo no
pueden ser discriminadas.
En la sesión, los nueve magistrados también dejaron
firme la definición de matrimonio que está vigente desde 1887,
después de que en una demanda se pretendiera eliminar la
expresión “unión de un hombre y una mujer”.
El magistrado Henao
explicó, además, que la colegiatura se declaró inhibida frente al
examen de la validez de la expresión, “procrear”, a la
que se refiere un artículo del Código Civil, toda vez
que, a su juicio, no es el único propósito de
la familia, y de allí que concluya que las parejas
gay sí puedan conformarla.
Satisfacción moderada en la Iglesia El secretario general
de la Conferencia Episcopal, Mons. Juan Vicente Córdoba, dijo sobre
el fallo que había “una discreta satisfacción”.
Recalcó que la Iglesia
Católica ha defendido que los homosexuales deben gozar de todos
los derechos y jamás ser discriminados. “Nosotros no estamos en
contra de ellos, seria contradictorio con el Evangelio”.
Señaló que no
es cierta una versión que alcanzó a circular en el
sentido de que la Iglesia habría amenazado con excomulgar a
los magistrados que estuvieran a favor del matrimonio homosexual. “Eso
no es verdad. Nunca dijimos esa frase”, señaló monseñor Córdoba.
Situación
legal de las parejas homosexuales
En Colombia se reconocen a las
parejas homosexuales los derechos de las heterosexuales, pero no el
matrimonio civil y la adopción conjunta de menores de edad.
A
través de demandas y tutelas (recurso de amparo) la comunidad
gay ha logrado que la Corte amplíe sus derechos y
logre igualdad con las parejas heterosexuales.
Una de las más recientes
tiene que ver con que un miembro de la pareja
puede afiliar al otro a los sistemas de pensión, salud
y otros beneficios contemplados en la ley para uniones heterosexuales.
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